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DF. JUSl'h;IA NACIONAl.

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 20 ID: fallos_20_108

Jueces

Mendoza

Voces / Materias

PROPIEDAD

Texto del Fallo

DF. JUSl'h;IA NACIONAl. H& Caso. - El en o e t;i bien esplicatlo en el Fallo df'l .Jaea •• .-ee•lon. Mendoza, OciUbre 19 de 18i6. Vi ·tos : Don Enfracio Gallardo, con podt'r de Juan de Dios .Jnrn, dedurc demanda contra Don Jacinto Lt'mos por la suma de 4734 pesos holi\'ianos. mlor en que estima los daiios y per- jniuios, qw.l con el embargo do dos carros du su propiedotd, do- crdado por este juzgado á solicitud de Lumos en un juicio seguido anteriormente ante ambos intert'sados, se le han oca- ¡¡ionndo. )';sprcsa que el nito t800 T.emos demandó verbalmente á Jara por la dcvolncion de dichos dos carros que pretendía eran de su propiedad y babia alquiladu á c·tc; que Jura se e crpcionó ah•¡;nndo lwborlos com¡mtdo ¡ y sc¡;uitlo el juicio, durante el término de la prueba, solicitó y oblU\'O el primero bajo su respon abilidad el cmbar~o du los mismos, dando ClJ- mo fiador por las resultas do dicho embargo á Von Artomon <:orvalun. Quo el juicio se re olvió á favor de .Tara, declarándose por sentencia qttu los carros eran de propiedad de este por título de compra, prro que solicitaclo su drsrmbargo no lo obtuvo sin embargo porque Lemos inició uue,·o juicio pretendiendo que había simulacion en l'l documeuto de compra. Qne rt'suelto igualmente á su fn\'or este nue\'o juicio por no haber probado ],cmos sus asertos, solicitó por s<•gunda rez el desembargo de l o~ carros y tampoco lo obtuvo por habt'l' entouces Lemos de- duchlo uua tercera accion cobruudo J il no los carros sinó su Ynlor y ul1¡uilcrcs de los mismos cluc decía se le ad ~ udabnn. Que resuelto l'Slc tercer juicio en Octubre de 1872, declarándose por sentencia que Jara era solo deudor do setenta y tres pesos y