DF. JUSl'h;IA NACIONAl.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 20
ID: fallos_20_108
Jueces
Mendoza
Voces / Materias
PROPIEDAD
Texto del Fallo
DF. JUSl'h;IA NACIONAl.
H&
Caso. - El en o e t;i bien esplicatlo en el
Fallo df'l .Jaea •• .-ee•lon.
Mendoza, OciUbre 19 de 18i6.
Vi ·tos : Don Enfracio Gallardo, con podt'r de Juan de Dios
.Jnrn, dedurc demanda contra Don Jacinto Lt'mos por la suma
de 4734 pesos holi\'ianos. mlor en que estima los daiios y per-
jniuios, qw.l con el embargo do dos carros du su propiedotd, do-
crdado por este juzgado á solicitud de Lumos en un juicio
seguido anteriormente ante ambos intert'sados, se le han oca-
¡¡ionndo.
)';sprcsa que el nito t800 T.emos demandó verbalmente á
Jara por la dcvolncion de dichos dos carros que pretendía
eran de su propiedad y babia alquiladu á c·tc; que Jura se
e crpcionó ah•¡;nndo lwborlos com¡mtdo ¡ y sc¡;uitlo el juicio,
durante el término de la prueba, solicitó y oblU\'O el primero
bajo su respon abilidad el cmbar~o du los mismos, dando ClJ-
mo fiador por las resultas do dicho embargo á Von Artomon
<:orvalun.
Quo el juicio se re olvió á favor de .Tara, declarándose por
sentencia qttu los carros eran de propiedad de este por título
de compra, prro que solicitaclo su drsrmbargo no lo obtuvo sin
embargo porque Lemos inició uue,·o juicio pretendiendo que
había simulacion en l'l documeuto de compra. Qne rt'suelto
igualmente á su fn\'or este nue\'o juicio por no haber probado
],cmos sus asertos, solicitó por s<•gunda rez el desembargo de
l o~ carros y tampoco lo obtuvo por habt'l' entouces Lemos de-
duchlo uua tercera accion cobruudo J il no los carros sinó su
Ynlor y ul1¡uilcrcs de los mismos cluc decía se le ad ~ udabnn. Que
resuelto l'Slc tercer juicio en Octubre de 1872, declarándose por
sentencia que Jara era solo deudor do setenta y tres pesos y