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OE JCS'fiCIA IUCIO:"'AL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 20 ID: fallos_20_134

Ruling Text

OE JCS'fiCIA IUCIO:"'AL Hl ci nn·el con amba<; frncd onc M\ t,•rreno) una esMraeion de un metro 'fcinte ccntímcntros. tí un metro scscntn. ccnt.ímctros, nl ntran!snr por todo el establecimiento de caiin-nzticnr del de- mandante, segun dnn cuenta los peritos nombrados ¡>or con- sentimiento de los interesados, en su informe de foja veinte y <los, agr<'gnnrlo á ma sobre otro. pcrjui\:iv ocar;ionados por la ft~ltn d ~ cumplimiento de la base mt'ncionnda y de que se ocu- J)Illl, que la {!l.llu de riego y de pnso dt' la act!quín l1a inu,tili- :ado elterrNIO pa1·a In im/u.tlria, de caiia-a:ticn.r. 4n Que habiendo terminado los trabajos do la ría en los últi- t irnos di as de Setiembre del a ti o antt'rior dejó por co n s iguicnt~ , segun l'1 mismo informe de los peritos, dc sdt~ eot('ln c~s, cortC~d.o el tránsito para los rodados r¡uc drhian hacer el tráfico, cÓndu- ciendo la ca iia t>ara .m elaborncion al punto donde está•l lo.~ edificios, quedando lla!ila llo!J ,ccrrn de diez meses) los cauces ad!Jacentes en iguales condicione..~. por haber sido illlerceptada.t por la misma obra. 5" Que en consecuencia, la nue\·a \1 form'll csc;tvacion he- cha, contra la yá repotitla bnsc y condicion Je que quetlnriu la ,·ía á nivel con las dos frarcioncs tld terreno en que lo d iriJia. bu sido un hecho nuero tambicn supPrriniente que coloca ni demandante en su pleno é incuestionnl,le derecho para reclamar otras indemn izaciones pnr lo. perj ui c io~ . l}llc por la falta ma- nifiesta á las contlicionc connnidas en la primera c.spropiadon so le han originado, y todo conforme nl espíritu y tc ~to del nr- tfoulo dicr. y ~ei de la ley de il!te do Setiemhre de mil ocho cientos 5Csrnta y seis. en cuanto dispone qne la indomnizacion I)Ue se haya de pagar á los propi eta ri o~ de bienes ocnpados para obras de utilidad pti blica deba comprentler no solo el ralor de las cosas espropindas, sinó iguahnente el de todos los aravántr- ne! y perjuicios I}UC sean como h o~· sucede) r.onsecucncin forzo- sa de la es propiacion. 6° Que para fijar el monto toLll del \"alor de la- indemniz-t -