DE JUSTICIA NACIONAL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 20
ID: fallos_20_186
Judges
Costa
Keywords / Subjects
NULIDAD
Ruling Text
DE JUSTICIA NACIONAL
i!)3
.
fija el articulo do ·cientos ochenta y nue\"'c de las mismas
Ordenanzas, se confirma el aut.o apelado de foja nuere vuelta,
y satisfechas las costas y repuestos los sellos, devuélvanse los
autos.
J. D.' GOROSTIAGA- J. DOMINGUEZ. -
O. LEGUIZAMON. -
ULADISLAO FRIAS.
{;.\.U 8A LIX.
IJo ~t Josc l'aaano, con Do11 Federico ,.,Qrcno, sobre 11ulidad
de w1 laudo arbitral.
Suma·rw.-i" ~o hay ley ni principio de derecho QUe es-
tablezca la nulidad de un laudo arbitral por el hecho solo de
su presentacion al juez onlinnrio para la notificacion y demás
ffcc.tos, fuera del término asignado para laudar, cuando const¡t
que los ;írbitros han dado lin ;t su cometido dentro de él.
2" Los jueces, aun en materia de procedimientos, no pueden
declarar otras nulidades <tue las espresamonto establecidas por
la ley.
3° Para la mlide1. de un laudo arbitral dictado dentro dd
tórmino asignado, ba ·ta que haya acuerdo de todos los árbi-
tros.