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F.U.LOS DE U Stli'REJIA CORTE

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 20 ID: fallos_20_225

Keywords / Subjects

ADUANA

Ruling Text

F.U.LOS DE U Stli'REJIA CORTE el manifiesto de despacho, procuró ¡1oner á cada .mercadería su verdadero nombre, alterando los que traia el manifiesto consu- lar y que el Yista habiendo n9tado ya dichas diferencias en la nrificacion que de antemano babia practicado de las mercade- rías, se opuso á ello. Que pasados estos antecedentes en Yista al Procurador Fiscn.l, este ha pedido no se baga lugar del recurso interpuesto, por ver- sar él sobre la clasificacion do las mercaderías, punto sobre el cual es inapelable la resolucion dol Administrador de Aduana, con arreglo al artículo t37 de las ordenanzas y Considerando: to Que, como lo estableció el Juzgado en la resolucion ejecutoriada de f ... r.o se controvierte en esta causa la clasificacion hecha por la Aduana do las mercaderías pena- das, pues el interesado sin impugnarlo de modo alguno se ha limitado como ya se ha visto á manifestar un su descargo que los jéneros en cuestion son conocidos en Chile bajo la designa- cien con qoe en el manifiesto consular se distinguen, y versa asi la cuestion únicamente sobre si esta circunstancia es ó no bastante á eximirlo de la pena impuesta. jet Que respecto á este punto es de considerar : Que aun dada la certeza de la escusa alegada respecto de algunos de los jéneros manifestados, siendo las leyes y tarifa de esta Aduana los que deben rejir tanto al comerciante en sus introducciones como á la administracion misma en todos sus procedimientos, el ocurrente ó sus apoderados han debido suje- tarse á aquella únicamente nl hacer la especiflcacioo de las mercaderías, tanto mas cuant-o que la Aduana de su proce- dencia, como se afirma sin cootradiccion en la resolucion do 1. 4, ningun obstáculo habría puesto á aquella operacion. Que ' no ser asi, fácilmente se comprende quo esta Aduana quedaría sujeta' continuos fraudes en perjuicio de sus rentas, por e1 ~mbio 6 sustraccion de parte del contenido de los bultos 6 á largufsimos procedimientos para la percepcion de aquellas,