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ULLOI DE U SUPI\&Jü COI\TE

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 20 ID: fallos_20_229

Jueces

Costa

Voces / Materias

BANCO

Texto del Fallo

ULLOI DE U SUPI\&Jü COI\TE do del tesorero y contador general de la provincia, ltl jnrisdic- cion de los tribunales y juzgados nacionales, determinlldo. por la Constitucion, no es proro¡;able sobre persvnat y cosas agenas de ella, aunque lns partes conreugan en la prorogacion, segun el artículo primero de ln )('y de procedimientos. Por estos fundamentos, se declara qn(' no corresponde á esta Corte el conocimiento del presente asunto. De,·uélnmso los au· tos agregados y arch1vcnse los corrientes, satisfechas que sean las costas y repuestos los sellos. ~ . · o. GOROSTIA.GA. - J. DOMI~GU EZ -O. LEGVIL\)10~ . - ULADISUO fRIAS. ~~1111~ LSVIII. El Dr. D. Luis Fa.sulo contra Lumb hermanos .'1 e•. sobre pago de honorario1 en moneda de oro. Sumario. - Es de práctica que los honorarios y costas pro- cesales se regulen en pesos fuertes de bill('tes inconvertibles del Banco de la Provincia.