D! .ltJSTICIA ~ACIOl"lAL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 20
ID: fallos_20_230
Voces / Materias
BANCO
Texto del Fallo
D! .ltJSTICIA ~ACIOl"lAL
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Ca&o. -
La Dr. Fnsulo y el procurador Vonwiller pidieron
rcgulacion de sus honorarios en un asunto en que habían pa-
trocinado los derechos de los Sres. Lumb hermnno3 y e•.
El rt>gulador tasó del modo siguiente:
Al Dr. Fasulo petos fuertes . .. . .. . ... .•
Al Procurador Yonwiller peso~ fuertes .... .
Derechos de regu lacion ps. fts. oro . .. .. .
350
i75
18.87
54J.87
El Dr. F'asulo sostuvo qne se le debían los 350 pesos fuertes
en oro, y los Sres. Lumb quu Jos debían en pesos de los billetes
inconvertibles del Banco de la Pro,·incia.
Falle d•l oluea ,llle•elenal.
Buenos Aires. Abril 11 de 1878.
Y ~i stos estos autos seguido por el Dr. D. Luis Fas u lo.
contra los Sres. Lnmb Hermanos y f'•, sobre honorarios y
Considerando: 1° Que la tínica razon alegada por Jos de-
mandados es la de que la rl!guhlcion se hizo en pesos fuertes.
determinando los derechos de regulacion en oro, y que estando
consentida dicha regulacion, los honorarios regulados deben
abonarse como en ella se determina.
j • Que nunc¡~te es verdad que la Rola Jlltrtida de derechos del
Regulador lleva la determinacion de oro, no es monos cierto que
la mente del Regulador fué que lo~ honorarios debiesen alJo-
narse en oro, puesto que In suma total conprende los honorarios
regulados y Jos derechos de regulacion, formando una cantidad
homogénea, lo que no podria ser si los derechos se pagasen en
una moneda y los honorarios en otra diferente.
Por esto, fallo, condenando al demandado á pagar In diferen-