DE JUSnCU. ".\CIOlUL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 20
ID: fallos_20_260
Judges
Barra
Costa
Ruling Text
DE JUSnCU. ".\CIOlUL
donando se lleve adelante la ejecucion basta el efecth•o pago
do los 3.300 prsos restantes, con costas al ejecutante.
H6gase saber original y repóngase los sellos.
Isidoro A lbarracin.
••ano •• la 8uprenta (:er&e.
Buenos Aires. Agosto 8 de 1878.
Yistos: por sus fundamentos so ronfirma el auto apelado de
foja cincuenta y tres, reformándose en la parte que condena en
costas al ejecutante por no hallarse el caso comprendido, en-
teramente en ninguno de los que espresa el artículo doscientos
sl!tenta y siete de la ley de prl'ccdimiento . Satisfechas las
costas de la instancia y repue tos los sellos, devuél\'llnse.
J . B. GOROSTIAGA. -
J. DOIIIl'CGUEZ. -
O. LEGUIL\IIO!'C. -
UL.\DISUO FI\US.