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DE JUSnCU. ".\CIOlUL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 20 ID: fallos_20_260

Judges

Barra Costa

Ruling Text

DE JUSnCU. ".\CIOlUL donando se lleve adelante la ejecucion basta el efecth•o pago do los 3.300 prsos restantes, con costas al ejecutante. H6gase saber original y repóngase los sellos. Isidoro A lbarracin. ••ano •• la 8uprenta (:er&e. Buenos Aires. Agosto 8 de 1878. Yistos: por sus fundamentos so ronfirma el auto apelado de foja cincuenta y tres, reformándose en la parte que condena en costas al ejecutante por no hallarse el caso comprendido, en- teramente en ninguno de los que espresa el artículo doscientos sl!tenta y siete de la ley de prl'ccdimiento . Satisfechas las costas de la instancia y repue tos los sellos, devuél\'llnse. J . B. GOROSTIAGA. - J. DOIIIl'CGUEZ. - O. LEGUIL\IIO!'C. - UL.\DISUO FI\US.