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DE JUSTICIA t'CACINC.lL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 20 ID: fallos_20_334

Judges

Barra Costa

Keywords / Subjects

CONTRATO

Ruling Text

DE JUSTICIA t'CACINC.lL obraha en auto hecho con Juliá, que como propietario del n· por pidió se estendiese á su nombre el hecho con Silcbes, y otro hecho anteriormente con el mismo Silcbes, que presentó y se mandó agregar. Juliá pidió so dejara sin eft-cto la órden de agregar dicho contrato, contra cuya agregacion babia protestado. 1t>:1 juez proveyó lo sigui6nt.e l''allo •el .Juez •e 8eeelen. Buenos Aires, Julio 10 de 18i8 N Q siendo €'X acto <tu o se haya deducido ó formulado la pro- te~;tll {L que ~:~e refiere y acordándose por otra parto al testigo por la ley dt• procedimientos la facultad de úmpliar ó esplicar s u~ contestaciones sin limitacion alguna, no pu~ode negúrsele nnno incidental la de presentar documentos como los exhibi· do . y á potioion del testigo, que se ordenó la agregacion do lo!! documento , cuyo de gloso se pide, no ha lugar á lo solicitado, ~, se concedo en rclacion la apelacion interpuesta. Repóngase el sello. .1/barracin. Fallo •e la 8uprenaa ~•••e Buenos Airea, Setiembre 19 de 1878. \'istos : por los fundamentos del auto de fojll noventa y 1los, s • contirmn con costas la rcsolucion tlpelada de foja ochenta y una vu c l ~a. ~· atisfcclta3 aquellas y rcpu('stos los sellos, dc- ntH\'asc. J. 8. COROSTIAGA - J. DO!UNGUEZ. - O. LECUlZAMON. -ULADlSLAO FRIAS.