← Back to results

DE J USTICIA tUCIONU

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 20 ID: fallos_20_340

Judges

Costa

Keywords / Subjects

ADUANA RESPONSABILIDAD

Ruling Text

DE J USTICIA tUCIONU 347 y demá .~ documentos de la Aduana acerca de la existencia do dicho 1>ermiso, siendo falso que la Contaduría de la misma les hubiese pedido, como aseguran, un duplicado de él, pues no babia en sus libros ningun documento anotado sin pagarse, segun resulta del informo de fojn tlirz y siete. (lu/nlo. Que no es posible hacer desaparecer de los li bros y documentos de la Aduana toda rastra 6 sciíal de un permiso scm .. ja n 1 u en caso do haber sido Jlresentado y 1 ramita do, como se pretende, sin la couuivoncia )ltlra l'llo c!c las diversas ofi- cinas ctue intcrvienuu, lo ltUC no puede ui aun presumirso S1>slo. Quo las papclt·t.as citadas de lo · •·mplcados subalter- nos de la .\tluana y sus detlaracione · de foja setenta y do · y sctcuta y cuatro, no on prueba suficiente de la uxistcn¡¡ia del permiso, cuando hay en contra los hecho refl·ridos y la ausencia com p lct.a de las r~'>' pcct ivas anot ucioues en los libros y dcmas documentos de la Aduana. Sétimo. ~u e la falt a do la Aduana en no haber cumplido el deber que las Ordenanzas le imponen de hacer el balance del registro del buque, concluidas las operaciones de impor- 1 acion. no libra :í lo: demandudos tic las responsabilidades quu segun aquellas tienen por tu infraccion tic sus disposiciones. Octavo. Que de cousiguientc habiendo los demandados introdu- eido Las ciento cincuunta bordalcsas referidas, sin el correspon- llilwtc permiso du dcspucho 11 plnzu, ban incurridoenln pcnadeco- miso que estable ·e d articulo mil noventa y dos de las Ordenanzas de adu1u1ade mil ochocientos sesenta y seis, así comoh&s vijentes. Por estos fn rHianwntos , se revoca la sentencia apelada de foja ciento •tuiuce, y se coudena ;\ los sciiore Lassalle é hijo al pago dlll nllor de tli¡¡ha · ciento cincuenta bordalesas de \'Íno. Satisfecha las costas, y rc¡westos los sellos, de\·uéln111sc lus autos. J . 11. c.;unOSTIA(;,\ . - J . n OMINGUEZ. - U. tt:GUIZAMON. - UL.\DISLAO fRIAS.