Tt"rcerú1 de 1P ~.ttaria Eugenia l.lancs en la Pjcruciotl de /J.
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 20
ID: fallos_20_359
Keywords / Subjects
PROPIEDAD
DOMINIO
Ruling Text
FALLOS DE LA SUPREMA CORTE
Tt"rcerú1 de 1P ~.ttaria Eugenia l.lancs en la Pjcruciotl de /J.
SaniOI lledoni contra n. (iregorio Cliceres.
Sumario.- Purt\ deducir tercería de opostcton escluyente
es necesario fundarla precisamente en el dominio de los bienes
embargados, presentándose el titulo (tue lo dcmuc ·tre.
Ca1o.-D. Pedra Dachari en represeutacion de os )[aria
Eugenia Llanes dedujo tercerí:l de dominio de una casa embar-
gada ¡\ D. Gregorio ''áceres en juicio ejecut ir o seguido contra
él por D. Santo11 Uedoni fundado l'll una escritura hipotecaria
sobre la misma casa.
Dij'! el opositor que en esa misma ~scritura se indica de una
manera que no tlá lugar á dndtl r¡ue la referida casa es dt> la
esclusiva propiedad de dicha señora, y que su yerno D. Gregu-
rio Cáceres la hipotecó á D. Jol'é Francisco Duarte, cedente de
Redoni, sin autorizacion de In propietaria, ubre lo que por
lo demás ofrecía la prueba necesaria si el ejecutante ncgaiJa l'l
derecho invocado.
Corrido traslado al cje¡¡ulante y ejecutado, D. C'ayctnno Hi-
poll por Redoni, promorióartículo ¡m~ vi o y dijo que estando mal
entablada la demanda de tercería debia ser rcchar.ada c-on cos-