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Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 20
ID: fallos_20_368
Voces / Materias
TASA
Texto del Fallo
DE JUSTICIA NACIONAL
375
CAIJSA «JIV.
l. a .mee.~ ion tle rmulcr IJ'rtl/ con el Fiscll .Yaciona 1 sobre cwa-
Luacion de l<'l'l"f!nus espropiadus para el f erro-cctrril Ccn-
l ra L A rf¡l'n lino.
Sumario.-:En la avaluacion de los terrenos espropiados
pa m el Ferro-carril Central A rgent,ino, cuando no hay confor-
midad entre Jo:; interesados, es al Juez y nv •Í los peritos, ;Í.
quien compete fijar su importu, atendiendo :t todos los antece-
dentes que conduzcan á ello.
Caso. -Jí:l representante de los herederos de D. Adolfo ,-on-
dcr Wall pidió en Setiembre de i877 e fijara el importe de la
indemuizncion por unos terrenos do propieda(l de aquel que
fueron espropia<los para el Ferro-carril Central Argentino en
iH68.
No hubo conformidad en la a.yaluacion entre el demandante
y el procurador fiscal. So nombraron peritos, que de conformi-
dad tasaron el terreno espropiado á razon do 31 centavos fuer-
tos la Yara cuadrada, y en 950 fuertes el ,·alor del fracciona-
miento del terreno.
Por las construcciones demolidas, las pnrtoi convinieron en
la indemnizacion de 300 fuertes.