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inciso to y 2

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 20 ID: fallos_20_388

Keywords / Subjects

IMPUESTO

Ruling Text

DE JUSTICIA NACIONAL 395 artículos constitucionales, ti la ley ~e U de Setiembre. en su artículo 2" inciso to y 2", á los l'allos de In Suprema Corte y á los hueuos principios del derecho constitucional, que pros- criben la absorcion de una jurisdiccion por otra sea cual fue- re la abson-ida ó absorvente. 5° Que solo pudiera deducirse una doctrina contraria del ar- tículo U citado, contrariando sus palabras y claro sentido y poniendo en abierta pugna con los artículos mencionados do la misma ley; 1mes aquel solo establece que, cuando una vez radicaclo un juicio en la Justicia Provincial, haya sido resuel- to en sus diferentes instancias, podrá en último caso elevarse á la Suprema Corte en los casos que él cspresa: razon por la cual en uinguu sentido puede interpretarse estendiéudolo á causas no radicadas en ella, y que por el contrario cáen direc- tamente por la Constitucion y leyes nacionales que la bao in- terpretado, bajo el fuero federal. De otro modo tendríamos que sobre mostrarse el legislador contradictorio consigo mismo en la misma ley, seria esta. inconstitucional· y desatendible, por chocar directamente contra la Consti turion; lo que no sucede si ese artículo U es tomado en su verdadero sentido, testo y alcance, en cuyo concepto es en ostromo conveniente por sus fines. • 6° Que la causa 6 demanda en que se ha declarado incompe- ten.te este tribunal, cuya resolucion so transcribe, es de todo punto distinta do la presente, aun cuando tenga rclacion con el mismo impuesto y se refiera á la misma ordenanza; porque en ella el rematudor pcdill solo el pago de un impuesto que repu- tada muy legal y constitucional fundándose en una ordenanza de In Municipalidad, cuya constitucionalidad estaba muy lejos do poner eu dudu, sin que tuviese el Juez medio de apreciarla 1)rima facia en su alcance, mientras que en esta causa se pre- senta un estrangero contra un hijo del país pidiendo la dcvo·- locion de un cobro que se le ha hecho, y alegando que se ha