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F.U.LOS DI LA SUPBEMKCORTE

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 20 ID: fallos_20_413

Keywords / Subjects

PROPIEDAD

Ruling Text

F.U.LOS DI LA SUPBEMKCORTE 6° Que la demanda actual pidiendo la division de la cosa que se declaró oomun, si fuese atendida, vendría ti anul:&r la~ sentencias posteriore.~ y ejecutoriadas de los Tribunales de Provincia, reconocidos competentes por el mismo demandante y ante los cuales ocurrió aceptando su jurisdiccion, y como es con- siguiente, con el propósito· de subordinarse ;\ sns fallos favora- rables 6 adversos, pues no sería lícito que buscase el ¡>rovecho de los primeros y recbn1.ase los sl.'gundos, contrariando las re- glas fundament.ales del derecho y de la igualdad ante la ley. Por estos fundamentos, no ha lugar á la demanda ; deján- dose á salvo los derechos del demandante sobre la mitad del excedente que pudiera resultar, pagada la deuda hipotecaria de la venta en r emate pt'1blico que se ordenó judicinhncnto do la propiedad vinculada y comunera, como tnmbien los derechos personales que con motivo del vínculo hipotecario pudieron corresponderle contra alguno: todo ello do acuerdo con lo an- tes resuelto por el Tribunal Nacional en faror de Aldao y por el de la Provincia en favor de Saguier. Repónganse. - Feuclon ltwt rl«. Las dos partes apelaron, Saguier para que se mantm•icra la. dacion en pago, y Aldao para quo se lo entregara la mitad del terreno 6 su valor, alegando que la hipoteca de Saguier se ba- bia estinguido por haber sido cbancelada, y porque Oroiio no babia podido hacer la entrega del todo por haber sido de- clarado dueño solo de la mitad. ••11• •e la ••••e•• .,érCe. Buenos Airea, Octubre 31 del 1878. Vistos : por sus fundamentos se confirma el auto npelndo