D. Emilio l'iva·r contra la Empresa de Nauegacion dtl tJapor
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 20
ID: fallos_20_466
Voces / Materias
SEGURO
Texto del Fallo
D. Emilio l'iva·r contra la Empresa de Nauegacion dtl tJapor
e Ter:esa,, por eobro de pu01
Suma no. - t o El pasagero no ea U obligado i fwular su
demanda por resarcimiento de daños sufridos en el equipaje,
en el conocimiento que la ley exije al cargador por los daños
suf~ idos en 1_! carga.
to Las alhajas y dinero, que el pasagero lleY& en su equipaje
forman parte de este.
3° Los dueños 6 participes del buque son responsables á
favor de tercero de los daños causados por culpa del capihn 6
del sobrecargo.
4° La ~rdida de dinero perteneciente i un equipaje, debe
reputarse culpable, si fuá colocado en lugar inseguro, y tuvo
lugar por esta razon.
5° No existiendo datos para establecer el importe del dinero
perdido, debe deferirse su fijacion al juramento del actor y á
la estimacion del juez, préria la prueba de los datoa indispen-
sables para hacerla.
Ca.to.-El caso se halla espueato en el siguiente
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