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D. Emilio l'iva·r contra la Empresa de Nauegacion dtl tJapor

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 20 ID: fallos_20_466

Voces / Materias

SEGURO

Texto del Fallo

D. Emilio l'iva·r contra la Empresa de Nauegacion dtl tJapor e Ter:esa,, por eobro de pu01 Suma no. - t o El pasagero no ea U obligado i fwular su demanda por resarcimiento de daños sufridos en el equipaje, en el conocimiento que la ley exije al cargador por los daños suf~ idos en 1_! carga. to Las alhajas y dinero, que el pasagero lleY& en su equipaje forman parte de este. 3° Los dueños 6 participes del buque son responsables á favor de tercero de los daños causados por culpa del capihn 6 del sobrecargo. 4° La ~rdida de dinero perteneciente i un equipaje, debe reputarse culpable, si fuá colocado en lugar inseguro, y tuvo lugar por esta razon. 5° No existiendo datos para establecer el importe del dinero perdido, debe deferirse su fijacion al juramento del actor y á la estimacion del juez, préria la prueba de los datoa indispen- sables para hacerla. Ca.to.-El caso se halla espueato en el siguiente T. 11