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mutuo convenio entro los sciiorcs Correas y Correa fuó adicionado el e·presado contrato de i

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 22 ID: fallos_22_37

Jueces

Costa Mendoza

Voces / Materias

CONTRATO RESPONSABILIDAD

Texto del Fallo

FALLOS DE LA SUPREMA CORTE virtud del contrato celebrado con el apoderado de Mnnteroh' en to de Agosto de i866 , , 3° Que en aegnidll, y po1" mutuo convenio entro los sciiorcs Correas y Correa fuó adicionado el e·presado contrato de i " de Agosto, consignándose á su pié la siguiente cláusula: e Ad icion: Con esta fecha, para formalizar mas est-e contrato, firman como testigos D. José María Videla y D. Ciro Bigbao, reponiendo al mismo tiempo el papel blanco por este sellado, y firmando taro- bien D. Gabriel }'ornes en prueba de su llceptacion del cargo de dE'positario de todos los fondos destinados á formar el capi- tal con que D. Felipe Correas di! be hacer frente á la responsa- bilidad que Ita contra ido. - Mendoza, Setiembre 3 de i869. - Firmado: Felipe Correas. - C. Higban.- José María Videla. - Gabriel Fornes. - Fermin Correa 1 • .¡o Que con estos antecedentes, y esprc ando que el contrato de to de Agosto quedó sin efecto por resistencias posteriores de D. Fermin Correa á cumplirlo y qu<' por tal cansa el depó- sito en poder de .Fornes quedó solo constituido para garantir á este en su calidad de fiador de Mnnterola; y además que el pleito entre dicho Mantcrola y Bustos, quedó torminado abo- nando aquel ' este íntegramente todo cuanto fué condonado por la resistencia final á ¡1agarle, quedando por este medio li- bre do toda responsabilidad y peligro, Fornes en su calidad de fiador D. Felipe deduce su demanda pidiendo so condene al espresado Fornes á la restitucion de los valores que en ealid!ld de depósito le entregó y que a cicnden por una parte á la suma de 6018 pesos oro moneda chilena con sus intereses al uno por ciento mensual capitalizados cada sci ' mc:{'s dt·sde el 3 de> . 'c- tierubro de 1869 b11sta su efectivo abono, y por otra á la de 3,000 pesos bolil"ianos con intereses tambion dol uno por cientfl capitalizado en la misma forma, ú contar desde el 28 do 1\Jnrzu de t868, y las costas del procedimiento. 5° Que contestando Fornes se defiende espresando : primero