DE JUSTICJA NACIONAL
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 22
ID: fallos_22_64
Keywords / Subjects
PROPIEDAD
Ruling Text
DE JUSTICJA NACIONAL
GD
el título legal por el que hubieron recaído solo en él los dere-
chos h ere ditario ~ á tollas esas tierras ; oponiéndose á esa am-
plitud do facultad enajenatira, cnando otra cosa no fuera, el
car{¡cter de coheredero ~ n seis hermanos que él mismo so
atribuy1•.
2° Que en esta ,·irtud, y iendo uu principio de lcgislacion
universal, que nadie puede tra mitir á otro mas derechos que
los que tiene, mal pm•de D. Jo·é lturraspo pretender hoy te-
nerlos ,¡ toda la propiedad que ha comprado, 1lesdo que no los
tu riera absolutos sobro ella su trasmitentc Marcelo; no ha-
biendo tampoco el comprador alegado otros títalos á su favor,
que esa insuticiento trasmi'ion.
:Ju Que si D. J o'ú Jturraspc, como lo s ostien ~' , creo que Mar-
celo Ponayos, siendo uno de los ·iete hijos do .Juan Pablo, pudo
nmlcrlo l'lica7.mentc todos los terrenos de este, no puede en
ningun S('ntido desconocer la facultad !}UC tu,·iera su hermano
Andrés parn enajenar mucho antes que él en el siglo pasado,
y muy luego de la muerte del padre, dos cuerdas. do aquellos,
que dijo haberle tocado ~J n la particion de los bie!les paternos ;
como tampoco negttr la que tuviera Gerónima y sus sucesores
para enajenar la que á ella le tocara en esa particion; siendo
el documento de la venta que hizo Andrl-s el mas impurtunto
de todos, yn por su antigüedad, ya por sn cnníctor de ,·erdad
ya }IOT la luz que arroja re pecto dc lodo· los dcmas derechos
de los coherederos.
4" Quo de lo dicho se deduce que ningunas acciones supcrio-
T<'S :í la el el Pr. S,·gni ha poditl•l tmnsferir el l' · prc ~ ado 11ar-
Ct'lo {¡ U. J os~ Jlurraspe en las dos CtH'ruas que pertenecieron al
heredero Andrfs, y en la siguiente al Sud de .\gustiM; pues
l:llas anteriormente y con s titu~·o nd o una sola propiedad, pasa-
ron á l\l:Lrinno J<'urrey ra, S do este á Fostcr, causant& del Dr. t:io-
guí. l>c ttue resulta que si algunos derechos asistieron al Sr.
llurraspc por su compra á Marcolo, scriau S(lbro la parto mas
r. xm.
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