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Que fundada en <>stos hechos, y en que hacia más de tres meses que había reclamado al Sr. Hale J)ilm que se quitaran esas pilas, y no sp le había atendido, vc1tiu en demandar, que se le abonasen vci

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 22 ID: fallos_22_80

Jueces

Costa

Voces / Materias

PROPIEDAD

Texto del Fallo

DE .JUSTICIA l"ACIONAL 85 i o Que á mediados del aiio 1875 el soiior Hale, como arren- thltario del cormlon cont!:;uo á la casa de propiedad de la ~ciiora de Rebollo, introdujo en ese corralon, maderas, apilándolas al costado do la pared dh,isoria; y que habiéndoselos dado declive lllícia esta, y 110 distando las filas en su base mas de media mrn, las aguas do lluvia habían humedecido dicha pared, pro- duciendo la pérdida de los empapelados,' y depreciacion el valor de In casn por su insalubridad. 2" Que fundada en <>stos hechos, y en que hacia más de tres meses que había reclamado al Sr. Hale J)ilm que se quitaran esas pilas, y no sp le había atendido, vc1tiu en demandar, que se le abonasen vci"te y dos mil pesos llHHleda corriente, en que estimaba el daño <Drcdo sobre el <>mpapolado y revoque en la l'arcd dh·isoria, y el indirect,o de no haber podido arrendar su casa en cuatro meses por el defecto de la humedad, que se ba- bia producido JlOr las pilas de madera. 3° Que corrido traslado ele la demanda, r.l Sr. Hale limitó su defensa {t 11egar que los de agüe de las pilas de madera fueran sobre la pared 11irisoria, sinó sol¡re los costados de las mismas ]l ila~. y la corriente al centro del corralon, y qu<' las pilas esta- han hechas conforme 1t los usos establecidos. 4" Que en c.-te e tado se recibió la causa 1\ 11rucba sobre liL altura de las pilas de mndcru, distancia de estas de la pared di- visoria, y dircccion de los declives de la parte superior de las mi mus, como igunlmentc sobre la práctica usual para la for- maciou de estas pilas. {) 11 Que se han producido por la demandante la inspeccion ocular M foja 48, el informe pericial de foja 47 y las dcclaracio- 11!'5 de los testigos de foja 'i7 á foja 33 y de fojas 38 á 4-1 , y por parte d ·~ l dcmarulado las que corren dC' foja U á fCija 18. Considcmndo: i " Que tanto do la inst>ccciou ocular, foja. 4-8, como del dictámen de los peritos, foja 47, resulta que las pilas de madera del corralou del Seiior Hale tienen un solo T. llll. 6