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DE JUSTICIA NACIOIUL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 22 ID: fallos_22_110

Judges

Costa

Keywords / Subjects

NULIDAD

Ruling Text

DE JUSTICIA NACIOIUL ceder de aquel alto Tribunal haya podido desviarse de los pnn- cipios de justicia y equidnd, sin6 de In Yerdad<'ra intcligcnci<l de lo que esttí ya resuelto ). ejecutoriado, y q11é uingun otro Tril>unal puutle rcrc<'T; 3° Que la SupremtL Córtt:', d c s puc ~ de no hacer lugar al recurso de nulidad por cnco11trar aju tudo. :í la ley los procedimientos obsen·ados en to Instancia. dccl!tra que 110 e t:i probudo el cargo hecho al .'r. Uefo Político de :-ia11 Jn,•icr por ostcntaciou de fuerza armada ; pero que i est(t justificado el de influencia indebida e11 las elecciones; 4° Que ele. pue de e·tns dctlarndoncs, la Córtc en 11 parto resoluth·a dice a::í: e e confirma la sentencia apt:lado solo en e la part<' 'lile por t:lln ·e imp{lnC :í )lont iel la multa d¡• dos- e cientos pe OS fll!'rte..; Ó Ull 1110 el(• pri' ÍOII 't ; 5" Que esta <'Scc•pr.iou tínica importa la rsrln ion tlt• todo lo d l' llliÍ · que conti<'ne la C'ntc11cia llc i • l H·tancitt, puc la e rep- cion l'onlirma la rC'gla en lo Cl\l:! CJ • no {•sccptuado: : estf'JJlio (t rcyula /i1·uwt t'C!JIIIom molit:~: incluúo mirus alterius est exdusio; cuso a~ iomas han sido atloptados por los j uri ·con- suHos, y pasado á la lcgislaC'ion como regla seguras de inter- pretacion; 6" Que . i otra hubiese sido In mente do la Suprema C6rle, conlinnada In sentencia en la parte rclnti-ra Íl la injerencia indebida del Gefe Político, no habría omitido alguna cnun- oincion sobre la forma 6 modo en que dchian clestriuuirsc las costas y costos, como lo tiene establecido Jlara ca os análogos en las cau as 7", 8•, séric 1•, pógina HH, tomo 3°, érie2", 1uigina 70, e ·Fallos de la Supr<'ma C6rtc , ; 7'' Que si á pesar de estos antecedentes, otra hubiese sido la mente de In Córtc, no se descubre por el tenor del fallo; y solo á ella corrc!;ponde, en sn calio, dejarlo C'stablecido con arreglo al espíritu que In haya guiado en su n•solucion. Y omitiendo otras consideraciones, declaro: que In sontencia de la Ruprema Córte •