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DE JUSl'ICIA lUCIOI'.U

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 22 ID: fallos_22_160

Keywords / Subjects

CONTRATO

Ruling Text

DE JUSl'ICIA lUCIOI'.U t65 ·punto, se declara que la primua parte del considerand\l undé- cimo que principia diciendo e Que en cuanto al valor del metro r.í1bico que por el contmto de foja dos etc, » y te1·mina por estas palabras ; e por lo que es do presumirso, que si no es simu- lada este antidutudo •, ha sido csceptuado ('U la conflrmacion do ltl sentencia apelada por contener una apreciacion equirocado, en ,·ista do lo prcsoripto por el artículo cuarent:l y cuatro del contrato irupre·o de foja primera y ser iouxacta á juicio de C' ta Corte la e msccuencia que de ello se deduce. Hágase saber y repóngn ose 'os ·ellos. J . O. (;01\0STlACA. - J. DOIIINGUEZ. - O. l.EGUIZAIION.- UL.\DISL.\0 t' IUAS. - S. M. LASI'IUIL ()A.IJ8A. XLII n .. Cmlrés Petaz:i COtllra ('/ Convell(O de S a 1110 !>o mingo de .Jiend{):a, por cobro rjeculit·o de pesos. Swuurio. - Cuando en un juicio cjccuth·o se han l'mbnrga,lo flin.: r~os uicncs, de los cuales alguno e. materia tlo \111 juicio llt1 ten·cda, la l'jccucion h.tsta la \'Cnt u licuo seguirse sobre l o~ otros.