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DE JUSTICI~ NACIONAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 22 ID: fallos_22_162

Jueces

Costa

Texto del Fallo

DE JUSTICI~ NACIONAL i67 cu aquella. y en cousocuoncia hágase remato do los mismos guurdtíudosc lo prescrito por los artículos 288 y 289 de la ley ci tntln. Torre. Falle de la 8 uprenaa Cer'e lluenos Aires, Mayo 8 de 1880. \' istos : por sus fundamentos, se confirma con costas el auto apulado du foja ciento catorce; satisfechas estas y repuestos los sl'llos, devuélvanse los autos. J . D. GOilOSTIAGA. - J. DOMINCUEZ. - O. LEGUil.\MON. - ULADI.SUO f'I\IAS -S. M. LMWIUI\. ()A1J8..l .XLIII O. L w:~ Dou1·one cnntm /J. Esteban lJ. llis!iO, por entrega de wws IIWlOrcs, sobre auto de prttclm ."iwnano. - El auto aiJricudo la causa li pruebu es inupc- lablo.