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DE ltlSTICil lUCIOl'CAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 22 ID: fallos_22_170

Judges

Barra Costa

Ruling Text

DE ltlSTICil lUCIOl'CAL t75 dado, la funna en que el actor no ha acompañado 1\ su escrito la cuenta detallada de lo que cobra. 2° Que esta escepcion no es legal por cuanto el demandado al responder á. las posiciones de fojas U y t 5 propuestas por el actor, ha espresamento confesado que esa cuenta detallada se hulla en las libretas existentes en poder del absolvente. 3° Que siendo esto así, el demandado no ha tenido razon de- recha para proponer la escepcion, sin incurrir en temeridad. Por estas considcracioues, fallo no haciendo lugar á la escep- cion con esprcsa. condenacion en costas, y mandando conteste derechamente á la demanda dentro del término de ley. Repón- gase el sello, y notifíqucse COl el original. Isidoro A lbarracin. Falle de la 8uprenaa t:er&e. Buenos Aires, Mayo 13 du 1800. Vistos: por sus fundamentos, se confirma con costas el nulo apelado do foja quince vuelta; saiisfl·chus csla · y rcpuc:-1•'" los sellos devuHvanse. J. O. GOI\OSTIAG.\ . - J . llO~IINGUEZ . ­ O. U:GUIZAMON. -- UUOJSLAO t'l\1.\S. - S !11. LASI'IUI\.