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Do7l f'ratiCIICO Lopez Lecube, contra la Provincia ck Corriente&,

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 22 ID: fallos_22_177

Texto del Fallo

t8i FALLOS OS U surUiü. COI\Tt: «J.A IJ8A. I L •11 1 Do7l f'ratiCIICO Lopez Lecube, contra la Provincia ck Corriente&, por cobro de pe~o1. Sumano.- i 0 Los testimonios espedidos en forma por las autoridades de las Provincias, deben ser tenidos por auténticos aun cuando se hubiesen estraviado los originales. ill Es obligatorio para uua Provincia un préstamo hecho al Gobernador, estando autorizado por ley, concurriendo el ~linis­ tro del ramo'y oyendo el dictámen del Fiscal de Gobierno. 3° Aun cuando falte la autorizacion legislativa, no probán- dose que la suma prestada fué distraída de Jos objetos públicos para qu~ se prestó, la Pr~>vincia queda obligada. Caso. - El caso está csplicado en el siguiente: Falle •• la ••••••• c;arte Buenos Airea. llayo 22 de Isa>. Vistos estos autos promovidos por Don Francisco Lopez I.c- cube contra la Provincia de Corrientes, y de lo¡; cuales resulta: