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DI ,nJSnCIA tlf.ACIOlUL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 22 ID: fallos_22_186

Judges

Costa

Ruling Text

DI ,nJSnCIA tlf.ACIOlUL f9t derecho de gentes, entre los que no se encuentra tampoco esta demanda, á que no debe V. E. hacer lugar. Eduardo Costa. Falle •e la 8upre•• ~erte Buenos Airea, Agosto 31 de 1~. Estando los encargados de negocios, exentos por reg1a ge- nera] por el derecho de gentes, de la jurisdiccion del país en que residen, se dec1ara que esta C6rte no es competente para conocer y reso1ver sobre este asunto. Satisfechas en conse· cuencia las costas, y repuestos los sellos, arcbivese. J. B. COROSnACA. -J. DOIIIl'CCUEZ. - O. LECUIZAIIOl'C. - ULADISUO fiU4S. -S. 11. LASPIUR.