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PAJ.LOS DB U ltiPUiü COilft

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 22 ID: fallos_22_187

Ruling Text

t91 PAJ.LOS DB U ltiPUiü COilft CJA11•.&. Lll El Fúco NacioMl, contra Marini y e•, IObre contrabando Sumario.- to El proceso sobre contrabando en el cnal se hallen complicados ' mas de los comerciantes, los empleados de Adnana, el ca pitan y dneños de los buques que lo llevaron, debe seguirse conjuntamente contra todos, y no solo contra los primeros ~ En este último caso, el proceso es nulo, y debe reponerse al estado en que estaba antes de la a~usaeion fi11cal, para que ae instruya y resuelva con arreglo á derecho. Cao. - El cuo se comprende leyendo el siguiente ....................... Baenoe Airea, A¡oato 1• de 1879. Y vistos estos autos seguidos por el Procurador Fiscal contra la cua de los señores Marini y compañía, por contrabando, de loa que resulta: to que en Abril feinte y cinco, de mil ocho· cientos setenta y dos, se solicitó abrir registro á la goleta