Por todo esto, es mi parecer, que declarando V. E. de ningun
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 22
ID: fallos_22_191
Keywords / Subjects
ADUANA
RESPONSABILIDAD
Ruling Text
t96
FALLO& DI LA 8UPRa.A CORTI
1 el Jugado no ha podido prescindir de recibir la oa111a á
prueba.
Por todo esto, es mi parecer, que declarando V. E. de ningun
valor la sentencia recurrida, vuelva este proceso al Juzgado de
Seccion, para que contin'lie la investigacion de los hechos, 1
haga pesar las responsabilidades. á que haya lugar sobre todas
aquellas personas que de tU resultaren haber tenido partici-
paoion en el fraude.
Eduardo C01ta .
..... .. .. ·····-· ~-···
Buenoa Airea, A.¡oato 31 lle 1880.
Viatoa 1 eouiderando :
PrirMro: Qne la defraudacion de las rentas de Aduana, que
1
ha dado origen á este proceso, consiste, en la introduccion al
Rosario de Santa-F~, sin pagar derechos y con guías de remo-
vido, de las mismas mercaderías que se despacharon eon guías
de tri.nsito en otro buqne destinado á Fray-Bentos.
Segundo: Que no consta que loa supuestos cargadores de esos
efectos de tránsito, hubiesen otorgado la fiacza que prescriben
las Ordenanzaa de Aduana, para el caso que dichos efectos no
llegasen á su destino.
r~rcero: Que •ta defraudacion no ha podido llevarse ' cabo 1
sin la complicidad de loa empleados de Aduana que inteni-
nieron eu esas operaciones, 1 autorizaron á loa buques por cuyo
intennedio se cometía el fraude, á cerrar el registro de su carga
1 á salir despachados para so destino.
Cuarto: Que son responsable• tambien los dueños y los capi-
tanes de los buques, sin cuya participacion no pudo cometerse
el delUo.