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Por todo esto, es mi parecer, que declarando V. E. de ningun

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 22 ID: fallos_22_191

Keywords / Subjects

ADUANA RESPONSABILIDAD

Ruling Text

t96 FALLO& DI LA 8UPRa.A CORTI 1 el Jugado no ha podido prescindir de recibir la oa111a á prueba. Por todo esto, es mi parecer, que declarando V. E. de ningun valor la sentencia recurrida, vuelva este proceso al Juzgado de Seccion, para que contin'lie la investigacion de los hechos, 1 haga pesar las responsabilidades. á que haya lugar sobre todas aquellas personas que de tU resultaren haber tenido partici- paoion en el fraude. Eduardo C01ta . ..... .. .. ·····-· ~-··· Buenoa Airea, A.¡oato 31 lle 1880. Viatoa 1 eouiderando : PrirMro: Qne la defraudacion de las rentas de Aduana, que 1 ha dado origen á este proceso, consiste, en la introduccion al Rosario de Santa-F~, sin pagar derechos y con guías de remo- vido, de las mismas mercaderías que se despacharon eon guías de tri.nsito en otro buqne destinado á Fray-Bentos. Segundo: Que no consta que loa supuestos cargadores de esos efectos de tránsito, hubiesen otorgado la fiacza que prescriben las Ordenanzaa de Aduana, para el caso que dichos efectos no llegasen á su destino. r~rcero: Que •ta defraudacion no ha podido llevarse ' cabo 1 sin la complicidad de loa empleados de Aduana que inteni- nieron eu esas operaciones, 1 autorizaron á loa buques por cuyo intennedio se cometía el fraude, á cerrar el registro de su carga 1 á salir despachados para so destino. Cuarto: Que son responsable• tambien los dueños y los capi- tanes de los buques, sin cuya participacion no pudo cometerse el delUo.