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D& JUSTICIA lUCIOlUL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 22 ID: fallos_22_196

Keywords / Subjects

ADUANA

Ruling Text

D& JUSTICIA lUCIOlUL !DI Desde luego se reconoce que el pailebot no fuá & su destino, y no se ha probado que introdujera á Fray-Bentos el carga- mento con que salió, lo qne hubiera sido muy flkil, pidiendo copia del manifiesto. En el caso del e Jóven Mari&nito:., tuTe ooasion de decir á V. E., que todca estos manejos reprobados no han podido lle- varse & cabo sin la complicidad de los empleados de Aduana. No es posible que uu buque haya podido abrir registro, es- tar & la carga por mas de un mes, y cerrar registro con un car- gamento de cerca de mil bultos, sin que los empleados del Resguardo no hubieran advertido 6 que no existía tal buque, ? que no recibía tal cargamento. He dicho tambien, que las Ordenanzas de Aduana, castigan con la misma· pena al que intenta un contrabando, y al ca pitan ó dueño del buque que sirve de instrumento, De una y otra cosa se ha prescindido en este caso. Tratándo- se de presunciones, por fuertes que sean, reconozco que no pue- den serlo mas, ha debido tambien abrirse la causa á prueba, para qúe las desvirtue si puede el acusado, 6 adquieran la fuer- za de la evidencia, en caso contrario. Es por lo tanto mi opinion, que vuelvan estos autos al Juz- gado de Seccion & loa fines que dejo indicados. Eduardo Cott4 • ...... .. .. ·····-· ., ..... 1 Buenos Airea, 31 Agoato de 1880. Visto y considerando : Primero.- Que la defrandacion de las renta& de Aduana, que ha dado orígen & este proceso, consiste en la introduccion