D& JUSTICIA lUCIOlUL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 22
ID: fallos_22_196
Keywords / Subjects
ADUANA
Ruling Text
D& JUSTICIA lUCIOlUL
!DI
Desde luego se reconoce que el pailebot no fuá & su destino,
y no se ha probado que introdujera á Fray-Bentos el carga-
mento con que salió, lo qne hubiera sido muy flkil, pidiendo
copia del manifiesto.
En el caso del e Jóven Mari&nito:., tuTe ooasion de decir á
V. E., que todca estos manejos reprobados no han podido lle-
varse & cabo sin la complicidad de los empleados de Aduana.
No es posible que uu buque haya podido abrir registro, es-
tar & la carga por mas de un mes, y cerrar registro con un car-
gamento de cerca de mil bultos, sin que los empleados del
Resguardo no hubieran advertido 6 que no existía tal buque, ?
que no recibía tal cargamento.
He dicho tambien, que las Ordenanzas de Aduana, castigan
con la misma· pena al que intenta un contrabando, y al ca pitan
ó dueño del buque que sirve de instrumento,
De una y otra cosa se ha prescindido en este caso. Tratándo-
se de presunciones, por fuertes que sean, reconozco que no pue-
den serlo mas, ha debido tambien abrirse la causa á prueba,
para qúe las desvirtue si puede el acusado, 6 adquieran la fuer-
za de la evidencia, en caso contrario.
Es por lo tanto mi opinion, que vuelvan estos autos al Juz-
gado de Seccion & loa fines que dejo indicados.
Eduardo Cott4 •
...... .. .. ·····-· ., .....
1
Buenos Airea, 31 Agoato de 1880.
Visto y considerando :
Primero.-
Que la defrandacion de las renta& de Aduana,
que ha dado orígen & este proceso, consiste en la introduccion