← Volver a resultados

Don Danitl Rotlgt, por lot tripulante• del tJapor « Cisne•,. con-

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMPETENCIA
Tomo 22 ID: fallos_22_207

Voces / Materias

COMPETENCIA PROPIEDAD QUIEBRA

Texto del Fallo

lit r~tLOI DI LA IOPftBMA COft?E Don Danitl Rotlgt, por lot tripulante• del tJapor « Cisne•,. con- tra ,Valti r l'üra. por cobro de 1alario1; 1o6re competencia. Sumar.O.-Ceaado el estado de quiebra del deudor por el concordato, el Juagado Federal es competente para eonoeer de loa aalarioa que aqut~l debe ' los tripulantes de un buque de 10 propiedad. . Ctuo.- Lot tripulantes dt>l e Cisne , dt>mandaron ' Matti 1 Piera propietario• de aquel, por salarios. Se siguió juicio ejecutivo, 1 hecha la venta del e Cisne-, llaUi '! Piera fueron deelaradoa en quiebr•. El espediente ejecutivo pasó al Juez de la quiebra. KaUi '! Pier:t. hicieron concordato, al cual loa tripulantes no concurrieron, Cesada la quiebra, los tripulantes pidieron el pago de los sa- larios ante el J u ea de Comercio. F. ate ae declaró incompe· ten te. Ocurrieron al Jue1 de Seccioo, que ordenó el pago. Piera opuso la escepeion de incompetencia, por haber habido concllrto, 1 pertenecer el e Cisne, 4 loa bienet de aquel.