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PALLOI H U< lun&ti CORTE

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 22 ID: fallos_22_221

Judges

Costa

Ruling Text

PALLOI H U< lun&ti CORTE Justicia Nacional por sus propios vecinos; y estando dispuesto por el articulo nonno de la ley sobru jurisdicciot' y competen- cia de los Tribunales Nacionak!s, que lus corporaciones anónimas creadas haciendo sos negocios en una provincia, en cuyo caso se encuentra la Compañía demandante, serán reputadas para los ~rectos del fuero como ciudadanos vecinos de la prorincia en que se hallen establecidas, cualquiera que sea la nacionali- dad de sus sócios actuales. Se declara que esta Córtc es incom- petente para conocer y resolver sobro este asunto. Archívese en consecuencia prhio pago de costas y reposicion de sellos. J . B. GOI\OSTIAGA.- J. DOMil'tGUU.- O. LEGlliZAIIOlll. - UUDISLAO FRIÁS. - S. 11. USPIUR • • ......... IU !.a Compaflitl del Ferro-Carril de la Emenada contra la Pro- vmcia de Bueuo1 Airu, por dañ01 y perjuiciOI; 1obre com- petencia. Sufft4rao. - Laa pronnclaa no son demandables ante la Córte Federál por las aociedadea an6nimu que hacen negocio en ellas.