DE ltlSnCIA IUCIOUL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 22
ID: fallos_22_236
Judges
Costa
Ruling Text
DE ltlSnCIA IUCIOUL
Pedro Magnatti, Cervas, Márcoa Cutrano y Luis Trois no
merecen fé :..
La c~estioo encerrada en sus verdaderos límites queda, en-
tónces, reducida á resolver si prescindiendo de aquellas decla-
raciones, quedan aún en el proceso elementos suficientes para es-
tablecer la criminalidad del patron Uobellio y de los marineros.
Desde luego las contradicciones en que ha incurrido el patron
sün evidentes, si se examina la aseveracion en la manifestacion
del siniestro 'ante la Subdelegacion del Tigre á f. 32 vta. y su
dcclaraoion á f. 3.
Segun la manifestacion, los marineros se pÚsieron li las bom-
bas sin poder dominar el incendio; mientras que ·por la decla-
racion, no tuvieron tiempo do hacer nada, para salvar el buque
ú l:l carga : la mauifestacion establece que el incendio tuvo
l u~n r el tO de K ovicmbre, habiendo salido de este puerto el
dos del mismo, y el documento lleva la fecha de doce del mismo
mes; mientras que por su dcclnracion no recuerda el dia de su
salida, ol incendio tu\"o lugar el nueve y tardaron oua,tro días
para ven ir al 11igrc, habiendo estarlo dos di as en la costa des-
pues del incendio.
Habiendo salido de este puerto la goleta el 2 de N oviembrc,
no se ha dado esplicacion alguna de la gran demon en el viaje
cuando el diez se encontraba rocíen en la Boca del Ouazti: la
causa que se atribuye al orí¡;co del incendio, es completamente
invcrosimil, y mas iovcrosimilaun, que habiendo tenido tiempo
para cebar el bote al agua y ganar la costa, llevando una tira
de carne salada, no hubiese sido posible el salvar tambien los
papeles del buque.
Estos antecedentes fundan presunciones vehementes contra
el patron y mas aítn cuando todas ellas concurren al mismo ob-
jeto sin que se encuentre pnH·ba ó antecedente en los autos que
la Cl)ntrarie; pero no pudiendo en niogun caso fundarse una
sentencia. condenatoria en materia criminal sobro presunciones,