DI. JU8nCI~ lUCIONAL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 22
ID: fallos_22_268
Ruling Text
DI. JU8nCI~ lUCIONAL
i'73
D. E mesto de las Carreras cor1tra D. A urelio Gonzaltz; sobre
desembargo de Wl buque.
Sumario.-to El depositario judicial de u u buque es acreedor
pril'ilegiado contra éste, por :Jus sueldos de tal.
~o Contra los embargos judiciales uo proc~de el interdicto de
retener.
Caso. -
En un juicio ejecutivo contra el propietario del
vap()r e Rio Uruguay • fué embargado éste y nombrado depo-
sitario judicial D. Aurelio Gon2alez.
El buque pas6 á ser de Cabal y C•, quedando inhibida á
aquellos la enajenacion para garantir el crédito de Gonzalez
por sueldos.
Impago este, ejecutó el buque, que volri6 á ser embargado.
Carreras alegando que por convenio particular con Cabal
y e• el buque babia pasado á ser de él, y presentando al efecto
una declaratoria hecha ante escribano, dedujo contra Gonzalez
el interdicto de retener y el desembargo del buque.