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Aduana á la suma de tres mil cuntrocientos seis pesos bolivia-

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 22 ID: fallos_22_281

Keywords / Subjects

ADUANA RESPONSABILIDAD DELITO

Ruling Text

fALLOS DB LA SUPftEM~ CORTE . to Que por el edmen de cuentas e documento citado de f • .& • aparecfl tambien l'ioludn la I.ey·de Aduana en perjuicio de la renta, por haberse admitido ó dádose entrada á la caja do dicha Aduana á la suma de tres mil cuntrocientos seis pesos bolivia- nos. con un real, en billetes del B:mco Entre-Riano,cquinlente á dos mil quinientos noventa y cinco pesos fuertes. 3° Que estos hechos punibles son los que constituyen el cuerpo del delito, sin que haya reparo ni observncion alguna en contrario. _.o Que de tilles procedimientos criminales resulta obligado á responder el procesado Brau por la responsabilidad solidaria inherente al empluo que ejercía de Contador Interventor, sin que pueda procederse de igual modo contra el administrador Espelcta por haber fallecido como consta de autos. o0 Que Drau no nif'ga el déficit procedente de sustraocioo de fondos, ni la admision de los referidos billetes bancarios, re- conociendo en todo un delito. 6° Que a(m cuando escusa su responsabilidad criminal, atri- buyendo el hecho de la su3t,raccion de fondos de que procede el déficit al administrador, finado Espelcta, y como á mandato de este mismo la a(lmision de Jos billetes en caja; esto lo hace sin presentar ni esponer escusas motimdas, que salgan de los li:nites de una tolerancia ú ocultacion culpable~. que no pueden dejar de complicarlo en el crimen, con la misma persona á quien lo atribuye; por razon de responsabilidad mancomunada y solidaria que al uno y al otro les asistiera como empleados. 7° Que eda tolerancia ú ooultacion del delito, aún supuesto el caso de que Espoleta hubiera sido el único perpetrador de la sustraecioo, aparece tanto mas oriminosa en el procesado, cuanto que en su indagatoria y eonfesion dice : que los estados mensuales que mandaba ' la Contaduría General, no eran pa- sados con el balance de eaja, porque este no se practicó sioó 11na sola vez, así es que aquellos no eran sinó una copia del