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IIE JUSTICIA NACIONAL

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 22 ID: fallos_22_336

Voces / Materias

ADUANA

Texto del Fallo

IIE JUSTICIA NACIONAL 34t cit1 de J.:ntre-Rios, hnbi:l introducido clandestinamente do las cantoras del Queguay, departamento de Pai ·andú, en el Estado Oriental, rasi toda la piedra de cal que babia necesidad para la csplotnciou en dicho eslahlccimicnto durante el aiio etcntn y ocho hasta Mayo del setenta y nuHe, se trasludú :í l'nisandú, y dcspucs de recojer informes ,·orbules al respecto del gcfo de aquulla Receptoría, regrt'só á Hueuos Aires y pro('ediú por e.í mismo á la formacion do un sumnrio para la coruprobucion del hecho denunciado actuando en él como escribano el 'ub- lnspector Yaial's ; Seaumlo. Que e:-te sumario, lH antudo por la misma parte interc ·nda en los rcsu tatlo · del pre. unto cout ra- bando, y •;on esclu 'ion tlcl Admini trador de J{cntas do la Aduana de la Concepcion del l'ruguuy que era :í quien corres- pondía hacerlo por dispo •'cion de la ll'y, ha sido toda la buso del juicio criminal que en sl'guida so ha promo\'ido contra el propietario de e ta Culera Colon n por el Procurador Fiscal de la Pro\'incia de Entre-Hios. sin que el Ju c.>z de aquella ~ccc i o n hn~· a cuidado de !q;ulizarlo; Tercero. Que aun dando por IC?galmente in truido C?so s111nari•l, de fl no resultan mas rargos contra el acusado que los dos siguiente : primero, el informe del O efe do In Bc·:eptoría ()e l'aisandú á foja ocho, en el que á In rez de declarar qnc no <'Xi te en los libros de su Oficina constancia alguna sobre la rantirlnd rlc piedra cal que lu calera rotou haya estrnido en elai10 setenta y ocho hasta ~luyo del lietcnta y nuel"C, por ser libre de dcrC?chos en el Estado Oriental la csportaciou de e te articulo. manifiesta al mi·uno tiempo el número de toneladas que ú su juicio ha e traído, sin decir, cual sea <-1 fund:amento de ese duto; y sl'gundo, el informe tambien del Ü•·fc de la Hercptoría de tu \' illu Colon del que re ·ulta que In Calera del mismo nombre bar portado mas cal cn el mismo tiempo que la piedra que ha introducido, constando ndí.'JU1ÍS que en los do:; 6 tres aiios anteriores no hal>i1\ beclao ningurul intro- duccion ; Cuarto. Y considurando respecto del primer cargo, que T. 1111. 23