DE ~USTICIA l'CACJOIUL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 22
ID: fallos_22_350
Jueces
Rodríguez
Costa
Texto del Fallo
DE ~USTICIA l'CACJOIUL
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El Dr. 1\lezquita npel6 porque uo se había ordenado le com-
pensncion de lo que Hodrigucz debiu por honorarios en el juicio
seguido ante el Juez do Comercio, y porque no se le babia
condenado en las costas causadas por las escepciones opuestas.
Falle de la Suprema l:'erte
Buenos Aires, Noviembre 6 de 1880.
Vistos: Considerando que respecto del importe de honorarios
que Don Agostin Rodríguez debe en l'l juicio ejecutivo segóido
ante t'l .Juez do Comercio de la Provincia, que ellos no están
liquidados, y que, pr>r l•> tanto no han debido ser tomados en
con ·idcracion por la sentencia apelada: que respecto de las
co ta" dt>l juicio ejecuth·o seguido ante el inferior, es de jus-
ticia que las que corresponden á las cau adas por la oposicion
admitida sean de cargo del ejecutantt>, como resulta del espírit-u
del artículo doscientos setenta y siete de la Ley de Procedi-
mientos Naciunnlc•s, sP.gun lo resuelto por esta Suprema Corto
en la causa de .Mcndez CO!llra Oonznlez, tomo tercero, sério
segunda, página setenta de Jo fallos ; se confirma la sentenoia
de foja doscientos treinta y cuatro en la parte apelada, ménos
e11 cuanto omite la condenacion en costas, las que, en lo relativo
á la escepcion opuesta y sus pruebas, se declara~! de cargo del
ejecutante. Satisfechas las costas de esta instancia, y repuestos
lo .; l!ellos, uevuéh·a ·c.
l . B. COROS TIACA.- J . DOIIIl'tG1J!l. -
O. LECUIZAMON. -
ULADISLAO t RIAS.
- s. M. usrauR.