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SUl•REM.\ COtl'rE

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
COMERCIAL
Tomo 22 ID: fallos_22_379

Keywords / Subjects

BANCO

Ruling Text

t'AI.I.OS DE U SUl•REM.\ COtl'rE cubrirlo íntegramente, esto ha sitio contradicho, y solo podr:í saberse con cxnctitud cmundo los juicios pendientes hayan ter- minado y Yendído e l o:~ bienes ejecutados. Que mientras esto no suceda, aün cuando se admitiese que en rigor de derecho pudiese el Banco pretender preferencia sobre el producto do los bienes ejecutados por Tapia Hermanos, sería contra toda equidad, (tuo dcspues de haber dado lugnr ú esa ejccucion, y permitido en silencio que llegue tí sn término, pri- vase ú los ejecutantes del resultado, cuando tal vez baste lo que tiene hipotecado y embargado, para el iut~:gro pago de us cr6- ditos (<iregorio Lopez, tila ley setenta, titulo diez y ocho. Par- tida tercera y otros I,rácticos). l'or estos fundameutos, renovándose la sentencia apelada, se declnm que el producto de la ünca vendida debe continuar en dcp6sito, entregar·e al ejecutante, si lo solicitare, bajo fianza bastante de dcYoherlo en caso que los bient's ejecutados por el Hunco resultasen insuficientes para cubrir sos cróditos, y que estos fuesen declarados de preferente pago. Satisfecha:; las ros- tus y n'puestos los sellos devuélvusc. J. ll. GOROSTI.\G.\.- J . DOMINGUEZ. - O. LEGU(ZAMON. - ULADISLAO FRIAS. Habiendo la parte c.lc Tnphl Hermanos presentado un escrito t.'n <tne pedían se les exllouerase de la üauza, se dictó estr •·aue ... la filapre•a ~•••• Buenos Aires. No\'iembrc :10 \le 18&). ~o importando lo r¡ue se solicita, una simple aclaracio11, sin•'• unn adicion de la S<'nlcncia, quu no está autorizada por la ley