illlla, debía entenderse, como lo han entendido los gobiernos y fiscales, que era la moneda. nacional ó sea el peso fuerte de diez y iete en onza ; 6
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 22
ID: fallos_22_384
Jueces
Carranza
Voces / Materias
ADUANA
CONTRATO
Texto del Fallo
DE JUSTICIA NACIONAL
contrato y snbsistente por tanto el precio r¡uc se habiu entre-
gado en bonos con intereses reconocí bies segun la l••y citada
de Octubre de 1863;
5o Que en cuanto á la clase de muneda en que dehia hacer:e
el pago, no ball:indose especificada y no alegtimlo e que fuera la.
boli\"illlla, debía entenderse, como lo han entendido los gobiernos
y fiscales, que era la moneda. nacional ó sea el peso fuerte de
diez y iete en onza ;
6" Que aunque es ,·erdad que el contrato de prO\'isiones y
el pago por tanto tuvieron Jugar y delJian cumplirse en Cór-
doba, donde era corriente la moneda boli\'iuua, no es méuos
cierto que con los libramientos se no,·aba lt\ forma del predo;
y por lo mismo es á ellos y no al contrato que han de aplicnrRe
las consideraciones que pueden resolver sobre la ola e de mo-
neda convenida;
7° Que siendo libramiento contra las Aduanas 6 Tesorerías na-
cionales, que no reconocían mas moneda que la )iacional fuert e,
ha debido entenderse que 6. ellos se referían los libramientos
dichos ; pues ti falta de estipulacion, el pago debiu haberse
hecho no en Córdoba, sinó en la capital de la Rcpt'•blica 6 en
sus aduanas como su domicilio para el acto (artículo 4j de las
Obligaciones· de Dar, Código Ciril) y era allí por tanto r¡uc
dehia ejecutarse, donde dehia interpretarse ;
8° Que nada justifica el pago á boliviano. ni se ha alegado
razon alguna á mas de la espucsta; mientras que pagos de iguul
procedencia han sido reconocidos y paga<los en pe os fuerles
nacionales del curso corriente 6 legal de la época del con-
trato.
Por estas consideraciones fallo declarando que los Sres. Aguir-
rc y Carranza tienen derecho á pedir y el Gobierno debe acordar-
les f!l reconocimiento y pago de los libramientos ;Í 'l''c se refier<'
la Contaduría en su informe de foja 6 ruelliL n" 2t y la liqui-
ducion do los intereses á pesos fuertes y con el intués ilCordndo