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Ot: JUSTICIA NACI(•N.\L

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 22 ID: fallos_22_388

Judges

Carranza

Ruling Text

Ot: JUSTICIA NACI(•N.\L :393 presentaron los . 'otiores Uomiugo )lendoza y hermano como dueiios de ese créditCI, solicitando su in cripcion en el (; ran Libro por cuenta de ellos, lo que en efecto aparece ,·eriH ~ado bajo el número setecicnto · cincu<:nta y siete, y en virtud del acuerdo de Gobierno número setccic•ntos ciucucuta, de ,·cinte de ~la yo de mil ochocientos ·c5cnta y cinco, pag;indoscles el cré- dito en fondos pt'tblicos df.'spucs de liquidado y hecha 1!) rcduc- cion de boliviano á peso fuerte, segun tambicu consta del in- forme de la Contaduría General ti foja seis. Cuarl(). - {~ue tres aiios mas tarde, y no Clbstante lll publica- ciou hecha del Gobierno en que se manift> taba la forma en que este crédito era reconocido, 30 pro ·entun nuovam<:nlc los se- iiores AguirrC', Carranza y Compaiiíu reclamando la diferencia en el pago entre el boliviano en que e les ha hecho y ol¡lcso fuerte en <¡u e pretendeu debia hac(·ndc ·, y :í m a el intcrós del uno por ciento que las leyes de la materia recouoctn sobre los cré- ditos que en su origen lo tenian, l>Or recouocer el interé de dos por ~.:iento los libnuuieutos que ellos habían presentado. f,lttitclo . - tluc ltabiéu•loles sido rechazada administratixa- mcnto esta pretcnsiun, solicitaron auLorizacion del Congreso JlUra hacerla valt•r jmJicinlmente ante los Tribunales de In ~a­ rion, la que les fuó otorgada; Sesto. - llue l!fl consecuencia hahiendo deducido ' U acciou 4' 11 primera in ·tancia ante el Juzgado do 'cccion en lo ci\·il de e ·tu l'rorinciu, este les ha reconQcido el derecho que reclaman por sentencia do foja setenta y ooho1 de la cual ha apelado el Procurador Fi-;cal ante esta Suprema Corte. Y tonsiderando : /'rimero. - Que e te crédito egun rt)"ulta de los antece- dentt•s espue ·to , e ·tú ya tlelinitiv:uncnte pagado :i los :-icitorcs Uomin ~:;o Mcudoz1l y hermano como cesionarios y dueiio8 de 61, 'tuienes recibieron el pago sin re en-n dl' ningun gónero ; St•gundo. -Que a(m suponiendo que estos Señores fueran solo