← Back to results

D! JUSTICIA NACIOtUL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 22 ID: fallos_22_396

Judges

Mendoza

Keywords / Subjects

CONTRATO

Ruling Text

·. D! JUSTICIA NACIOtUL .40t de Santa Fé por cobro de honorarios devengados en una consulta, iguales á los presentes la Suprema Córte estableció, que para que un contrato hecho por on Gobernador obligue ' la Provincia, es necesario que lo baga constitucionalmente y con arreglo ' las le- yes, porque el Poder Ejecutivo no pnedt\ dieponer del tesoro pú- ' blico sinó con arreg1o á ellas, que en cuanto al monto del bono· rario tratándose de honorarios que no han sido devengados en juicio, que son los que corresponde wandar regular segun la ley, no procede In accion en los términos en que se ha entablado: que tnmbion es de tenerse presento que no procediendo la regolll- rion, tampoco existe convento de cantidad que pudiera recla- ¡larsc; que segun so ~á á entender en la nota final dt>l Señor Cerreti que obra en el folleto, el trabajo era gratuito, puesto que no mencionándose ni haciéndose alusion á compensacion, se le dán las gracias á su autor y en prueba de reconocimiento so le envía una modesta manifestacioo. Buenos Aires, Noviembre n de )~. ,-istos; y considerando: Que de las comunicaciones de fojas primera y doce del Mi- nistro do Hacienda del Gobierno de la Ptovincia de Mendoza • que corren en el folleto acompañado y cuya autenticidad no se ha negado, consta que la consulta sobre capellanías que se hizo al demandante Doctor. Don José Francisco Lopez, fd del Po- der Ejecutivo de la misma Pro\'incia, lo que está confirmado por el mensaje de foja cuarenta y una á la Lejislatura de la Admi- nistracion que sucedió á la de que hacía parte dicho Ministro di! Hacienda; Que ese encargo, dado su objeto, la urgencia con que se llizo, y el pequeño gasto que por su naturale1.a debía ocasionar 11\