← Back to results

Q•ié~por consiguieóte son inapÜcables ii lii

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 22 ID: fallos_22_402

Ruling Text

DE ,.JSTICI4 l'CACIOIUL términos y condiciones ordinarias, con 'anta mas razon cuanto que la habían precedido otras operaciones análogas entre los contratantes, que habían sido cumplidas en la misma forma, seguh se desprende de las posiciones absueltas por el de- mandado Lanús á f. t37. 7° Que esta misma distincion entre los corredores comer- ciales y los sócios corredores de la Dolsa ó agentes do cambios se hallan invocadas y confirmadas con el fallo pronunciado por los Tribunales de la Provincia en la causa de los Señores Algett y Mendez contra Don Casiano Passo. ·· 8" Q•ié~por consiguieóte son inapÜcables ii lii "éu.estiou •. ias leyes que declaran la incapacidad de los corredores y las que han invocado rara fijar las formas de ariso 6 boleto y demas del capitulo y título 8° citado; y la cucstion debe resolverse do conformidad á las prescripciones (lUO rijen la comision como se hallan modificadas por la Cámara Sindical de Comercio en su reglamento y aceptadas por los s6cios de la Bolsa. 9~ Que constando que Laferrere di6 aviso á Lanl'1s de la compra encargada en el dia mismo do efectuada, y que no fuó observada la negoeiaoion en esa forma, debe darse por cumplido el ;lviso y por aprobada la compra (arta. 349 y 350); con tanta mas razon cuanto que no se ha alegado por Lanús que al hacerlo se hubieran violado 6 contrariado sus instrucciones; y aun sio eso el tiempo trascurritto entre el aviso (en Febrero} y el del mes de Marzo, deja claramente ver que babia una aprobacion implícita segun el espíritu del artículo 86 del Código de Co- mercio. tO. Que verificada la compra por el Comisionista y aceptada por el comitente, en el caso que ~s ocupa era obligacion de Laferrere tener á disposicion de Lanús para el día 3t de Marzo las cédulas compradas, y de este último el precio de las mis- mas; y se ha probado por la liquidacion ante la Bolsa, que el sócio Laferrere tenia en el día dado una suma ·de cédulas mayor