K lllniCIA JIACIOIUL
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
TRIBUTARIO_FISCAL
Tomo 23
ID: fallos_23_36
Voces / Materias
IMPUESTO
Texto del Fallo
K lllniCIA JIACIOIUL
No dej& de ser lngeniou aemejaol<> combíncion, 1 H, ain
diapola, bien calcul3da para llenar las &rcaa de la Corporacion
Municipal.
Sábeae que el puel'W por donde se baee lodo el moríaúeoto
maritlmo del Departamento del Rourlo, &e oMuentra dentro
del municipio del mismo nombro.
Loa cereales que ule Deporto mento produ1ca 6 que rengan
do fuera de él con el objeto de esportar.e, deberán entrar por
conti¡¡ulente, al lllunidpio, y como, ni siempre habrá buque
disponible, ni baalantes carror pafeJifador, 1 oomo as ademb
mas que probable que en adelante no se embarque una fanega
de lriao 6 de mair tin deposllarau prétiamoate. á fin do prepa-
rarla para el c11>h rqae, secAndola, es cla•o que no rendr4 nna
fanega á la ciudad del Rosario 1'"'" uporl.rse, sin que pague
el tal dertebo de eoaaumo. Y u lo mu original c¡uo est<~ de-
recho Tendría 4 pagarse precisamente por los cereales que no
van 4 ser consumidos, puesto que ac eoobaroau. No es por
cousigolienle el derecho en cueaUun, sin6 un o·erdadoro derecho
de trinsllo ó de uportaclon di1frazado.
La imaginaeíon de las nutoríd&des de Provincia as recunda
para arbllrar recursos. Dajo lo• mu n ri"do• pretoulos, baj~
les denomínacionn mu direnu, ¡a como impuesto de poliela
6 d.e ae¡;uridad, ya como ímpuearo de cooaumo, la prantla
oonstíluoional duapareeeria por completo, si V. };, no in mnn-
tuviera con ruano firmo e_n toda su rueru.
Apoyado en estaa COilsiaeracionu, pido la conOrmaclon de la
sentencia apelada.
liduardo Corta.