Por estos fandamenlos, faUo condenando i 101 aeñores C. T.
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 23
ID: fallos_23_117
Ruling Text
8" Que ea de nalllr&l- dlJtinta i la aceion que •• ruoelve
ea eala lnaRncia, la contrademanda deducida por GetUng y C'
como lo es tamblen la apreclaclon del monto de loe daños y
perjalcloe oculonados i Temperley por la releuion Indebida.
Por estos fandamenlos, faUo condenando i 101 aeñores C. T.
Gettíng y C• á dnoher á D. Jorge Tomptrley (hijo), los fardos
do cueros lanarea, materiA de eata cueatioa, 6 au. nlor á justa
waciou por peritoa que nombrarán las partes; condenándolos
igualmente á la indemnlzacion de lo~ daaos y perjuicios oca-
aionadoa á Temperlo7, que sean consecoencia directa 6 lnme·
diaR do la relcucion, cu.yo monto ae justificará por cuerda
uparada, 1 en ouanto á la contra-demanda tratindose de ren-
dicion de cuentas de difícil solucioo, eomparezcau las partes
pua el nombramiento de peritos arbitradores.¡
Higase eaber orijinal y repónganse loa sellos .
...... •• •• ....... e:: ••••
Bueao• A.im, M&rso 119 de 1881.
Vistos: por aus fondamenlos, 1 no aiendo procedente en el
presento caso la recoovencioo i.Dtootada, por trat•rae en lt.
clemall4t. de la rtivindicaeiou con las reparaciones OODiiguieu-
tea, de una pt.rtida de fardos de eneros Janun, que entrega-
do• e.n eonwaa hao sido retenidos de una manera iUcita 1
contra derecho, aegun lo dispuesto eo la ley ouarla, titulo ter-
cero, parilda tercera, nrúcolo FuniU mde, etc., MI confirma
en Jo principal la eentencia apelada de foja tresclenlca diez 1
aiole; rno«adoae en la parte que ordena el nombramiento de
perito• arbilndorea, para el conocimiento del juicio aobre ren·
dicioa da -'*'· por no eatar preacripto ai autorizado por el