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Por estos fandamenlos, faUo condenando i 101 aeñores C. T.

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 23 ID: fallos_23_117

Ruling Text

8" Que ea de nalllr&l- dlJtinta i la aceion que •• ruoelve ea eala lnaRncia, la contrademanda deducida por GetUng y C' como lo es tamblen la apreclaclon del monto de loe daños y perjalcloe oculonados i Temperley por la releuion Indebida. Por estos fandamenlos, faUo condenando i 101 aeñores C. T. Gettíng y C• á dnoher á D. Jorge Tomptrley (hijo), los fardos do cueros lanarea, materiA de eata cueatioa, 6 au. nlor á justa waciou por peritoa que nombrarán las partes; condenándolos igualmente á la indemnlzacion de lo~ daaos y perjuicios oca- aionadoa á Temperlo7, que sean consecoencia directa 6 lnme· diaR do la relcucion, cu.yo monto ae justificará por cuerda uparada, 1 en ouanto á la contra-demanda tratindose de ren- dicion de cuentas de difícil solucioo, eomparezcau las partes pua el nombramiento de peritos arbitradores.¡ Higase eaber orijinal y repónganse loa sellos . ...... •• •• ....... e:: •••• Bueao• A.im, M&rso 119 de 1881. Vistos: por aus fondamenlos, 1 no aiendo procedente en el presento caso la recoovencioo i.Dtootada, por trat•rae en lt. clemall4t. de la rtivindicaeiou con las reparaciones OODiiguieu- tea, de una pt.rtida de fardos de eneros Janun, que entrega- do• e.n eonwaa hao sido retenidos de una manera iUcita 1 contra derecho, aegun lo dispuesto eo la ley ouarla, titulo ter- cero, parilda tercera, nrúcolo FuniU mde, etc., MI confirma en Jo principal la eentencia apelada de foja tresclenlca diez 1 aiole; rno«adoae en la parte que ordena el nombramiento de perito• arbilndorea, para el conocimiento del juicio aobre ren· dicioa da -'*'· por no eatar preacripto ai autorizado por el