DE ' USTICIA NAf.JO!U.L
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 23
ID: fallos_23_154
Judges
Costa
Ruling Text
DE ' USTICIA NAf.JO!U.L
1&9
beobo qua olegon d~ hab~r tenido que eoadescender coa el
palroa por necesidad de recursos paro reuir & la Ciudad, de-
•uehe 6. sos declarocioncs en las inr~rmaeionn adptrpeluam
toda fueru 11robatoria con mnyorl~ de ratou desde que se hau
reproducido esas mimas dctlorncinnes ante el señor Juez Dr.
Ugarriza, como se lle<a espursto; y finalmente •1uc dado lo
posiclon de la • Lnisa • ha podido estinguirse el incendio con
mu efieaoia. abriéndose un rumbo quo 1:~ sumerjiera en la
costa. no couteni~ud\ISO en su cargamentO, por otro parte. ma-
terias esplosiblu c¡ue espliquen lo rápido difusion del incendio;
y cuando es un prinoil>io en lo mnt.erío que el iucendio debe
atribuirse á culpo del Ca pitan (t mruos de ser l"oboble lo nnuso
eu que se base su justificacion.
·1!!' Quo aunque se ha alegado por lo Compañia Lloyd So izo
que no eran respousobles de la pérdida de los efectos que se le
cobran porque bnbíau sido preccdidv; por el abandono del bu-
quo por la lripulaoion, que segun el íueíso d, del articulo 3• de
1~ Póliza les e<onera de los dnilos, ni es rerdad que In pérdida
fuera • proeedenle delabandouo • del buquo por la tripulacion,
puestO que Jo fuero del ÍnCeudío, ni OSO abandono fué Yulunla-
TÍO, sinó neGl'.sario para salru sus ,·jdas, segun lo espuesto por
la misma Compaiiln; ni el inciso citado habla sinó del aban·
douo de la tripulacion bceba eonlro la roluutad dul Copilan
por motin ú descrcioo, ¡,ero de ninguna manera del que tomo
ol presente caso, •• n •rifica por necesidad y obedeciendo las
órdenes del Oupítou.
t 3• Que de las declaraciones do los tripulantes Luis Dorich
r. 56, Antonio Lcfugueís C. !!8, Pedro Magnate Sertas f. <18,
rendidas ante este J uzgado, de la d•llripulante M:lrcos Outran
r. 705, rendida ante el del Juzgado del Crimen, como las del
dueijo y t·ripulBnte del • l'rnílio •• Juan :Uelis r. 408, Mdr-
COI Cocolo 335 y }'r•ncisco Marini 330, resulta rlcMmente
probado que la golctu • l.uisa • lln estado foodc~da por un dia