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Laguna de Jos Padres, y rcii•lóndoae. pncs, como pnnto de par-

Sin fecha | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 23 ID: fallos_23_250

Voces / Materias

CONTRATO

Texto del Fallo

Laguna de Jos Padres, y rcii•lóndoae. pncs, como pnnto de par- tída pam ambos vílljrs el puerto de Dncnos Aires. Que al •sta- blecer el nrtJcnlcr•egunrlo IJUC los O .tes son pagaderos eu elle puerto á la ospiracion del ri•i• de retorno, •• deduce que todoa los' i:tjes han tlu ten(\r su retornn á Ilncnos :\ires, <:Omo punto de lo ¡>ortid• dd bu~uc. 3• Que In ambigüedad en lo int•ligenoin de In clAusula se- guudu del contrato tic llt•larneulo, que surge <•ntru c:tpitnny cargador, 1•roricuu tle creer este que la derrota de. ht • Vinone • do Uucnos Aires d Corrientes y do esta ti Ln:;una do lo1 Padree como retorno, no rs ma-t que un solo \'inj ~ ; interpnto.cion que no ost:l conformo ni con la cl6usuh1 primera del contrato c¡ue clararncntc CJuierc que Jos retornos KU hagan 3 Buenos Airea: ni con la cuarta en que so ~a ola do un modo bip<Mtico • para el enso on c¡ue lltgarc el c{crtuarse el viaje á Lagu11a de ó01 Patlrts; • Jo que supone que las partes nunca bao tenido Jo in- teneiou 1e considerar el viaje d Laguna M los Padrea como de retorno de Corrientes sinó com.o tíuieo rhlJO A we.s tle los que JlOdian bac~rse al .1\io l'arau•i dentro del mdio marc•do en la <láusula primern de la púlin. ~w Que ·¡,or el oontmrio. llegando el caJ)itmn á Buenos Aíre.s. con <iaje do r~torno desdo Ooya, ha tenido ruzou p:tn demand.r los Octl'S dc'"cng:atlos, lo qno se eontprucbl\ con el informe de foj11 cuarcnt11 y nne<e por el que consta que el • Viuoue • fu6 despachado Jlarn Ooyo cou fuello ocho de Julio do mil ocho· cientos sNenta y nueve. y do esto punto ¡mra Buonos: .-\ires,eon r.-.cba. díc:z y ~iete de l·:ncro pillado, como término. 5• Quo u un en hl Clip6tcsis de (Jite el 'fi1tje de In • Vinone :- bul>iera sido d·Jstinadu d L•guno do lo• Padres, debió ui cspr~­ snrse en rl do•paelto r$pedido por la Mn•n11 de Corrientes, eon tanta mas razou, cuan lo que t-1 despachauta era el miamo ear· gndor que no pudo, sin negli¡¡nnria culpall!e de •u parle, dejor de meur.huwr ñ Hm,1nOM Ain•s eoml\ ruf'rtn li t• ur.a1ft.