D11 IOtnCIA ~ACIONAL
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 23
ID: fallos_23_334
Ruling Text
D11 IOtnCIA ~ACIONAL
RIIOLOCION DIL ADIIImlniADOR DI ADUAI'A
e Oetubre 9 de i880. -En villa d~l informe que ant·ecedt
oe declara caldo en comiso el esceto de que se d' cuenta en
o o el parte do f. i, con arreglo al articulo 390 de lat Orde·
oanzaa de Aduaua. •
.4madeo.
Storrt1 H•u 1 e• ~idioron reoonsi~eracioo fund4ndoso en
~ ue la madera no ha sido sustraída sino d&spaohada, lleoán-
rloae todu las formalidadea .
RUOLUCIO!< DIL ADIII!IISTIIADOft
Diciembre 9 de )_,,
Resultando de lo espuosto en la solicitud pidieodo recoosi·
deraoion, que la madera debe babor sido entregada por algun
guarda al comprador; lo que indica qne este la ha re<ibido r
estando uta detenida por el parte de f. 1 no ha podido reci-
bir!~ la cua conaignahria, ni ningun guarda haberla entre-
gado. Por estos fundamentos, procediendo con equidad y
osando de la facul tad acordad3 por el art!cnlo 1056 de las
Ordenoozao de Aduano, se re•oco la sentencia de f. 5 tt.a., y
p'guese dobles derechos por el esoeso. ·H4go•e saber pritia
repooioioo de los sellos por los señores Storni H•>• y fecho pue
4 Contaduría para su liquidaeion, cobro y adjudioaoioo 4 ruor
de loo Guardu·Alma~ne• Romero y Gaetan.
Amadeo.
Storni H•M 1 e• apelaron para ante el Juez de Seeoion J
soslu•i•ron qne oo se habian juatiJioado lo1 hechos aoe .. radoo
por el Guarda-Al maceo,