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D11 IOtnCIA ~ACIONAL

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
Tomo 23 ID: fallos_23_334

Ruling Text

D11 IOtnCIA ~ACIONAL RIIOLOCION DIL ADIIImlniADOR DI ADUAI'A e Oetubre 9 de i880. -En villa d~l informe que ant·ecedt oe declara caldo en comiso el esceto de que se d' cuenta en o o el parte do f. i, con arreglo al articulo 390 de lat Orde· oanzaa de Aduaua. • .4madeo. Storrt1 H•u 1 e• ~idioron reoonsi~eracioo fund4ndoso en ~ ue la madera no ha sido sustraída sino d&spaohada, lleoán- rloae todu las formalidadea . RUOLUCIO!< DIL ADIII!IISTIIADOft Diciembre 9 de )_,, Resultando de lo espuosto en la solicitud pidieodo recoosi· deraoion, que la madera debe babor sido entregada por algun guarda al comprador; lo que indica qne este la ha re<ibido r estando uta detenida por el parte de f. 1 no ha podido reci- bir!~ la cua conaignahria, ni ningun guarda haberla entre- gado. Por estos fundamentos, procediendo con equidad y osando de la facul tad acordad3 por el art!cnlo 1056 de las Ordenoozao de Aduano, se re•oco la sentencia de f. 5 tt.a., y p'guese dobles derechos por el esoeso. ·H4go•e saber pritia repooioioo de los sellos por los señores Storni H•>• y fecho pue 4 Contaduría para su liquidaeion, cobro y adjudioaoioo 4 ruor de loo Guardu·Alma~ne• Romero y Gaetan. Amadeo. Storni H•M 1 e• apelaron para ante el Juez de Seeoion J soslu•i•ron qne oo se habian juatiJioado lo1 hechos aoe .. radoo por el Guarda-Al maceo,