Dl J VSTlCU IUCIO~U
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 23
ID: fallos_23_354
Jueces
Don Luía
Texto del Fallo
Dl J VSTlCU IUCIO~U
Ca~o.-En un proeeso por lnjutia seguido utt el Juet dtl
Crimen de la Provincia do Buenos Aires entre D. J uao C. Pt·
gola 1 O. Agu•tln :S narre, el Dr. D. Luis Sarmiento, abogado
dal primero hi•u liquidar 1us honorarios ou 15,000 lmfa.
Se presenl4 en seguida ante el Juez de Seccion, por 1er u-
traogero Pagolr., y lo ejecuto por :~~¡ueUa 1nma.
Pagola, despuu dal embargo, opuso la cscepcioo é incompe·
teneil.
rall e .......... -
···
•••- Aírfl, .lbrol 1 do 1881.
Y vist os estos autos ejecolifoo se¡aidos por el Doctor Don
Luía M. Sarmiento cootra Don J o111 G. Pagola por cobro de
pelos procede atea de honorario1,y considerando::
Quo el presente juicio no ti un Incidente del criminal, ••·
guido por D. Juan C. Pagola contra Don Agu1tio Nuarre ante
el señor Jun Doctor lnsiarto y en el que el Dootor Sumioolo
¡>FallÓ al prhoero eua senlcios proresloualts cuyo pago perai«ue,
puesto que ninguna &tiugenela tienen entro 11, ni se trata de
hlcer ereetln ologuna condeudon pronunciada por dicho Jo•·
godo del Crimen.
Que la eompetcnda de u e Juag~do batormínodo por la regu·
ladon be(b:o 1 eon>entida de los honorario• d.el Ooctor Sar·
miento, y 6 ello solo se han reducido '"' pelioiooel quo eato lo
b• prel<!ntado 1e¡uo el informo de r.. 30 y31. eiondo de notar
que el ejeoutunto ba d•ducido u ta ejecuoion coa el eutifieado
der. i upedido por úrden del rnlsmo Jun Uootor lnoiarte, para
lo que pudiera con•enirle (informo de r. 30 • otlta), que
no podría ser otro que cobrar esos bonorMiOI aote autoridacl
wmpetente.
Que •ieudo por conoiguieato un crédito pereo1111l del Doctor
Sarmieolo contra Po~ola aunque procedente de houorario1, utá