1 que debía refor- marse; quo on la liquidacion .~e le cargaban todu 1&1 ceetas ouando solo debía cargbaele una parte ; c¡oo la partida do lote- resol ettaba oaleolada al t0 ..
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
COMERCIAL
Tomo 23
ID: fallos_23_363
Voces / Materias
BANCO
Texto del Fallo
PU LOS DB LA IIJPI.UA CORTB
«JA.I78A L SlliT
D. Stbtutian Ctuart$ contra D. Cúar Ciacelli, &obre cobro de
p<&OI; incidente &obre liquid11cioll.
Sumario. - t• Cuando en la sentencia do remato se maoda
llevar adelante la ejecucion, las acstos deben ser i cargo del
ejecutado.
to .En el cómputo de interese>, debo estarse á los quo cebra
el Bance Nacional.
Caso. -En los autos seguidos por D. Sobastían Casares
centra D. César Oiaoohi, por cobro ejecutivo do peaot, deapues
de dictada sentencia definitiva eo que se eoodooó al ejecutado
al pago do la auma do 10,000 peaoa moneda corriente con los
inloreaes 1 laa eostu del juicio, ao formuló por el actuario la
corretpondienl·o liqoid~lon.
Hecb saber l. los interesados, la parle do Ciacchi manifosw:
que ella no estaba do acuerdo con los autos 1 que debía refor-
marse; quo on la liquidacion .~e le cargaban todu 1&1 ceetas
ouando solo debía cargbaele una parte ; c¡oo la partida do lote-
resol ettaba oaleolada al t0 .. / 0 cuando debla caloularse una
parte so¡ un lo qae cebrabr. el · Banco de Ir. Provine la y otra
leg&D Jo que cobraba el Banco Nacional que ereia era 9 r DO
10 '[, ; que t•mbien se lo cargaban Indebidamente todos loa