DB IUS11CI.l NACION.U.
Sin fecha
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
Tomo 23
ID: fallos_23_482
Texto del Fallo
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DB IUS11CI.l NACION.U.
CJAIHU. CJIV
n.ou f'ücnte Sa11tilla11 e1l rccur.Yo <le habeas cor¡)us
Sumario. -No mejoráudo•e la apelacion dentro del término
del cmplau.mient.o, se declara desierto el recurso á la primera
rebeldia que tLcuso el apelado.
Cctto.-Don Vicente Stmlillon apeló do nna sentencia en
quo el Jue2: de Seeoiou oo hi~o lugar á un recurs:o de h(lheas
wrpus que babia deducido, y la apelaeion se le otorgó Ubre-
mente.
No h:lblendo presentado la mejora dentro del término del
emplazamiento, el Señor Procurador (ffluortlllc acus6 rebeldfa.
Ouen01 Aires, A101&o !1 de 1A81.
Por lo quo
r~sulta del precedente Cllr~illoodo, decl:lraso
deeierto el recurso interpuesto por el apelante, 1 do•u<ll•aso.
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J . ll. COKOSTIAGA. -O. LBGUilüiON. -
ULADISUO PI\IAS. -S. 11. LASPIUa •
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