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J:doa hecbot (uo son eino h~ltos) en nada nlner110 la pro·

No date | Corte Suprema de Justicia de la Nación
CSJN
CIVIL
Tomo 23 ID: fallos_23_607

Keywords / Subjects

PROPIEDAD DOMINIO

Ruling Text

J:doa hecbot (uo son eino h~ltos) en nada nlner110 la pro· piedad de loa aucetortl do Orellono,y son ilhpolcnleo para pro· dwoir el dominio. En la suposíoion que el Fisco ba¡a dado poueiolt á Ortis, puoa no np11recc de la esorituro eorrionto 6. f. 88, te precisario para la &dquiaicion del dominio, que In tn- lrfg4{utst /techa por el¡>ropittario 9"" ''"flll eapacidad parto tMftru¡r, y q~telo. dertt/10• q~tc se tm•milt>l por la tradicion - propiOJ del q~tc le l>ac.. (Artlculos 00 y98, título citado, C. C. de acuerdo eon la legislneion Romllnn 1 Española). Se nota desde luego que el Fi;co ltjos de ur propietario y de trasmitir derechos propios, est:l o~ligado :& defender &1 dueño á qnlea constitnyó propietario. y que debe ser repelído t.oda ••• que Intente obr:tr oontra til, segun la muy conocida reglo: t¡IWI> dt euiclio~~e tet>el actio cum ngenlem re¡>ellit e.nceptio. El Fisco obligodo por la eviceion á defender al comprador, DO puede ser admiliilo ó p•rturbarla, á despojarle para entregar la cosa 11 un otro comprador. Esto importarla la subvenion do lodos los principios, annh10do el mismo tendedor los derecho• de propiedad que ha con•lituido, y tras6ritinJolos 11 su antojo poilteriormunte á nn tercero. i si esto ea mons.tr:aoso, inmoral J repugnante trahíndoso de uu 1•articulor ¿ quó diro01os cuando se tra\n del poder tutelar de lotla sooied•d, dol quo ro1ll'escnto cuanto hay de augusto, ¡;yonde relevado, porque omona do la J usticia misma, de la Uh·inid.ld ? ..... r.a soe.ledarl babria Gaido eu ~1 abismo, y el Pode• Público no seria r• pod~r : seria (nena, uasallamicoto de todo derecho individual. ti" La Constilnclon r nuestro c6digo penetrado de esto< principios eternos, ineonruoTibles, sancionaron In lnriolabilidad de la propieila<l y •olo consintieron en la J osposesion por causa de utilidad p•lbliea, d<'lll~rado pn\ri:mwnte por ley. El l'oder Público DO podía atentar contrn lo propiedad pritnd•; Ql unico cuo do desposesion está profist.o S ¡¡ar:mtido, l>Of ~OfmiiS 1 trámit-es sahadorea; los pri'filegios. eljmf siagulare. bo.bian caitlo -.