e rL 'lo;;cicnl'•
No date
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Corte Suprema de Justicia de la Nación
CIVIL
Tomo 24
ID: fallos_24_22
Keywords / Subjects
CONTRATO
Ruling Text
DE JUSTl CIA l'U CIONAL
27
Qnc Don Pi o r rilwru deruancló :i l o~ f:ieiiorcs C';\ncrpu her-
manos 1'1 cumplimientu del contra lo de foja ocho, así como la
reparacillll de lo1s dañ•J'~ y perjuicio.; rausntlos por la no ('lltrega
de la harina en la-, ranltdatln y en •'1 tiempo fij Mios por dicho
contrato, pe rjui cio~ que .;e tl ct:l\1,\tl un las cuenta-. de foj11 diez
f siclc, foj·t Ciento rJo..; y foja C't t ntu cuarenta y SCÍ'L
Los dcmnnclatlos coutes!nn ncg1LJ11lo los hechos en que se
funda I.L clcmando, y pidiendo se pronuncie ltl resci ion del
C'Onlrato dcclnnirulolos on eunsecuuncin. n honcradus de cum-
plit l•) en In parle que :llln no \.1 esturier<', ittfO<'ando para ello
Ir. di -;posicion del artículo 5' del mi .,.mo c•mtrn.to c¡ne dice :
e Qnc'lladn l'.u t(• p.l herm:.uns exhonNados de su ol.Jligacion en
· ca ~os fortuitos, 1·omo son ruptur.L tle m;iqnin:\ ó inc-endio. •
HecihicLt la c.wsa á pru1·ba, se hn produrido la que instruye
el cort i fll'rttlo del actuario que corre dé foja dosc-ientos treinta
y nue"e rL 'lo;;cicnl'•" r uuentn. De esa prueba resulta: Que el
dcmonclan lc ct·lebró con los dcm••mlados en quince de :U:arzo del
corriente aiio un contrato por el cual los segundos so ccompro-
, promctinn á entregar á Don Emri tó F. C:onzalez, represen-
e tnute de Uon Vio "Crihuru la rantidnd de no"ecientos quin-
u tnle• de harina fior y cif'n ftuinlnles lle semita en la forma
e siguiente : doscientos veinte y cinco quintales do harina
# y \·cinte y cinco de ·emita del primero al quince de Abril
e entrante, d me· siguiente igual c.ultidnll, y así ')ttcesi \'amente
e cada treinta dias hasta lhmnr las cantidades arriba indi-
• cndas ~ .
Los demandados no entregaron ni demandante, á cuenta de
In primera partida. mas que trcinl.t quint.tles de harina como
coustn de In cuC'nta que corro tt foja ciento cuatro y del testimo-
nio de la partida del libro de t'aja que corre á foja doscientos
diez y siete ntclta.
Consta tambicn de la confcsion de los demandados que corre
do foja cionlo trointn fÍ foja ciento treinta y dos y de foja cien-